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MEDIDAS COVID-19

Bien Común propone al Estado intervenir clínicas y zonas francas para proteger vidas y producir insumos médicos

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Redacción DigitalSanto Domingo, RD

El movimiento Bien Común solicitó al gobierno dominicano, a asumir la gestión de todas las clínicas, servicios, fabricas y espacios privados, para la producción de  equipamientos, medicinas e insumos de bioseguridad para el personal médico, como medida para controlar el coronavirus en el país.

A través de un comunicado señalaron que el fin intervenir todas las empresas de zonas francas que tengan capacidad de producir mascarillas y equipamientos de bioseguridad es para proteger al personal médico y al personal operativo, y proveerles los insumos necesarios para que puedan enfrentar la crisis del coronavirus.

“La Constitución, en la Ley General de Salud y la Ley de Declaración de Estado de Emergencia facultan al Gobierno  para colocar la salud y la vida por encima de cualquier interés particular o negocio. Es tiempo de usar todo el poder político para cuidar a nuestra gente, y no para proteger unos cuantos negocios”, declaró el colectivo.

Además de esta solicitud el movimiento presentó 20 propuestas en la que se encuentran la intervención de los centros de salud privados y su fusión con el sector público para crear un solo sistema de salas de cuidados intensivos con las unidades que existen en las clínicas privadas y en los centros de médicos públicos.

Documento completo con las 20 Propuestas de medidas complementarias de carácter económico y de protección social para el combate efectivo de la pandemia coronavirus COVID-19 en República Dominicana:

Propuestas de medidas complementarias de carácter económico y de protección social para el combate efectivo de la pandemia coronavirus COVID-19 en República Dominicana

Ante el actual Estado de Emergencia que vive República Dominicana (RD), fundamentado por la expansión del coronavirus COVID-19 en territorio nacional, el Movimiento Bien Común plantea al Gobierno dominicano, actores políticos, medios de comunicación y ciudadanía en general la adopción de un conjunto de propuestas complementarias de orden sanitario, de protección social y económicas, con el propósito de fortalecer la capacidad de respuesta ante la emergencia social actual.    

BLOQUE A. PROPUESTA DE MEDIDAS RELACIONADAS A LA SANIDAD PÚBLICA: #UNIVERSALIZARLASALUDRD

Gestión pública de todo el sistema de Salud. El Gobierno Central debe asumir de inmediato la administración de las Unidades de Cuidados Intensivos (UCI), laboratorios y espacios especiales de todas de las clínicas privadas del país que sean necesarias. Esto con el propósito de aumentar la capacidad de atención a pacientes de los diferentes sectores sociales. 

a.              Una medida de esta naturaleza ya fue tomada por el gobierno de Irlanda. En España, cuyo desborde de casos y defunciones es extremo, también se ha tomado parcialmente una medida similar.  Perú también ha procedido en ese sentido.

b.             La medida anunciada de ¨alquilar¨ determinados centros de salud privados son insuficientes e ineficaces para la magnitud de la crisis. 

2.              Democratización de las pruebas. Es necesario la puesta en práctica de un programa masivo y abierto de detección precoz del coronavirus COVID-19 en República Dominicana. Hacen falta test rápidos de diagnósticos para la detección del virus. 

a.              La apuesta unilateral de focalizar las pruebas en ¨casos probables y con prescripción médica previa¨ ha fracasado. Esto resulta altamente ineficiente e ineficaz para la magnitud de la problemática actual. Mientras los casos se incrementan de forma exponencial, la capacidad de generar diagnósticos del sistema sanitario es limitado, tanto a nivel público como privado.  

b.             Se requiere la compra pública masiva de kit de pruebas rápidas en el mercado internacional, a través de proveedores de alta credibilidad y con licencia certificada en la comunidad científica. 

c.              La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha recomendado explícitamente la realización masiva de prueba en la población. Varios países latinoamericanos, como Perú, Ecuador, Chile, Colombia y Argentina han anunciado compras masivas de pruebas rápidas. España anunció la compra directa de 5.5 millones de test al gobierno chino. 

3.              Protección efectiva a los/as profesionales de la salud. Equipamiento masivo de los centros hospitalarios de todos los insumos requeridos para la protección del personal sanitario. La bioseguridad de médicos/as, enfermeras, camilleros y personal administrativo de los hospitales es prioridad nacional.   

a.              Orden de compra internacional de equipos múltiples de protección sanitaria: mascarillas, guantes, gorros, equipos de respiración asistida, entre otros. 

b.             Por la emergencia nacional, priorizar una gestión de compra grado a grado, a través de proveedores de alta credibilidad y con licencia certificada en la comunidad científica. 

c.              Intervención transitoria de las empresas de zonas francas especializadas en la producción de equipos médicos. Durante los meses de abril y mayo, priorizar la fabricación de equipos estrictamente necesarios en el marco de la emergencia sanitaria actual.  

BLOQUE B. PROPUESTAS DE MEDIDAS DE CORTE ECONÓMICO PARA LA PROTECCIÓN DE LA CIUDADANÍA

Desde el movimiento Bien Común se propone la adopción de un conjunto de medidas complementarias focalizadas en incrementar las capacidades de ingresos de los hogares de clase media y la población empobrecida para hacer frente a la crisis actual. 

4.             RENTA BÁSICA TRANSITORIA. Se propone la adaptación de un piloto de renta básica, de carácter transitorio a tres meses y focalizada en los hogares empobrecidos, de menores fuentes de ingresos o cuyo sustento diario sea el mercado informal.  

a.              Ingreso mínimo garantizado por hogar debería ascender a por lo menos RD$ 14,820 por un período de tres meses, equivalentes a gasto computable del quintil 1 de hogares de menores ingresos, según las estimaciones oficiales de la ENGIH 2018;

b.             Para su aplicación, se toma como referencia inicial la data del Sistema Único de Beneficiarios (SIUBEN), del Gabinete de Coordinación de Políticas Sociales, para implementar la medida;

c.              Se priorizan los hogares empobrecidos, particularmente aquellos encabezados por mujeres jefas de hogar, con niños/as y adultos mayores dependientes y personas con discapacidad físico-motora.  

d.             Fuente de financiamiento: artículo 15 de Ley 506-19 de Presupuesto General del Estado 2020 faculta al Poder Ejecutivo adicionar el 0.5% del PIB nominal al 1% de los ingresos corrientes estimados del Gobierno Central destinado a cubrir los imprevistos por calamidad y/o emergencia pública. De aplicar dicho criterio, se dispondría de forma inmediata de RD$ 24,592 millones para poner este plan piloto en funcionamiento. 

e.              La medida tiene alcance para impactar directamente hasta 1.6 millones de hogares.    

5.              BLINDAR EL EMPLEO. No se les puede conceder un cheque en blanco al sector empresarial. Tanto las medidas de carácter tributario anunciadas por el Presidente de la república, como las medidas de carácter monetario anunciadas por la Junta Monetaria del Banco Central, deben tener como CONTRAPARTIDA el mantenimiento de los puestos de trabajo en los sectores productivos beneficiarios de las mismas. 

a.              La medida debe aplicar para las empresas del sector turístico beneficiaria de la suspensión temporal de la tasa a los Acuerdos de Precios por Anticipado (APA), las beneficiarias de la división en cuatro pagos del Impuesto Sobre la Renta (ISR Corporativo), así como las que se acojan a las nuevas facilidades de pago de anticipo a sectores productivos en general;

b.             Abarcar además las empresas que se acojan al financiamiento disponible en la banca comercial de RD$ 12,321 millones canalizados a sectores productivos, principalmente al turismo y al sector exportador, a tasas de interés no mayores al 8% anual. Incluir además aquellas que sean finalmente favorecidas con la canalización de divisas, tras la flexibilización temporal de los requisitos de cobertura del encaje legal en moneda extranjera por hasta US$ 222 millones.

c.              El Ministerio de Trabajo, la Dirección General de Impuestos Internos, la Superintendencia de Bancos y el Banco Central de la República Dominicana coordinarán el intercambio y flujo de información necesario para garantizar que cada facilidad tributaria o financiera otorgada sea correspondida con la respectiva plantilla de empleados/as mantenidos en la nómina de la empresa.      

6.              LA CUARENTENA NO SON VACACIONES. Dejar sin efecto el apartado segundo de la Resolución No.007/2020 del Ministerio de Trabajo, del 19 de marzo 2020, el cual insta a los empleadores cuyos establecimientos deben permanecer cerrados, a adelantarles a los/as trabajadores/as el derecho de las vacaciones remuneradas. La remuneración debe seguir cubierta a los trabajadores en cuarentena y sus vacaciones dejadas intactas para cuando estos/as decidan ejercerla en el transcurso del año.

a.              Se propone en su lugar un mecanismo compensatorio, ya sea de carácter tributario (crédito) o como subsidio estatal, para aquellas empresas que por su naturaleza comercial no puedan ejercer teletrabajo. La medida debe ser particularmente enfocada en proteger a la pequeña y mediana empresa, evaluando según el caso el tratamiento para las grandes empresas.   

b.             Incluir la medida dentro del Fondo de Asistencia Solidaria a Empleados (FASE) anunciado por el gobierno dominicano el 27 de marzo.

7.             SUPERVISIÓN DEL CONTROL DE PRECIOS EN PRODUCTOS DE LA CANASTA BÁSICA. El gobierno central debe asumir la supervisión activa de los precios de artículos de la CBF, con el objeto de contener la especulación y el lucro privado excesivo en medio de la crisis. 

a.              Supervisión presencial en establecimientos comerciales detallistas y minoristas, supermercados, colmados, farmacias, etc., e informe semanal por parte del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes y el Instituto Nacional de Protección de los Derechos del Consumidor, PRO CONSUMIDOR. 

b.             Aplicar sanciones inmediatas a establecimientos que incurren en prácticas abusivas de incremento de precios en los 364 artículos de la canasta de bienes y servicios.

8.              REDUCCIÓN PARCIAL DE LA CARGA TRIBUTARIA A HOGARES DE CLASE MEDIA Y EMPOBRECIDOS. Las medidas tributarias anunciadas por el Poder Ejecutivo deben trascender a las empresas e incluir además a los/as consumidores/as, dejando sin efecto de forma transitoria el cobro del ITBIS a artículos de primera necesidad.

a.              Dejar sin efecto por un período de tres meses el artículo 23 de la Ley No. 253-12 sobre el Fortalecimiento de la Capacidad Recaudatoria del Estado para la Sostenibilidad Fiscal y el Desarrollo Sostenible. En tal sentido, se exonera del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) los derivados lácteos (yogures, mantequilla y demás), café en sus distintas variedades, aceites (de origen grasa animal o vegetales comestibles), azúcares, cacao y chocolate.

b.             Se elimina, de forma transitoria por tres meses, el pago de impuestos derivado de productos de higiene íntima femenina, particularmente toallas sanitarias, tampones, jabones, afeitadoras, entre otros, así como de anticonceptivos (preservativos, otros).       

9.              CONGELACIÓN DE PRÉSTAMOS Y CUOTAS DE FINANCIAMIENTOS. Congelar por tres meses los pagos por concepto de capital e intereses, ya sean hipotecarios, personales o de cualquier tipo, por parte de la banca comerciales del país.

a.              Por igual, la medida debe ser extensiva o al congelamiento de pago de cuotas de financiamientos para la adquisición de bienes muebles tales como vehículos o electrodomésticos del hogar. 

b.             Corresponde a la Superintendencia de Bancos generar los mecanismos que aseguren el cumplimiento efectivo de estas medidas por parte de los bancos comerciales del país.

10.           CONTROL ESTRICTO EN CENTROS DE ABASTECIMIENTO MINORISTAS, MERCADOS INFORMALES AGRÍCOLAS Y PUNTOS DE DISTRIBUCIÓN ALIMENTARIA.   

a.              Protocolo común, coordinado y acorde a medidas sanitarias aplicadas a nivel local que reduzcan los conglomerados de personas y garanticen la salud. Ejemplo: puesto móvil por comunidad y horarios definidos, entre otros. 

b.             Entrega de alimentos suficientes, acorde con la canasta básica para las familias que dependen económicamente de labores informales, contratos temporales y que han sido suspendidos durante la actual crisis.

c.              Coordinación interinstitucional de instituciones públicas que reparten desayuno escolar, comedores económicos y Plan Social de la Presidencia. Cada uno actúa por su cuenta y sin coordinación. Incluso violentan, en reiteradas ocasiones, el protocolo establecido de toque de queda.  

BLOQUE C. PROPUESTA DE MEDIDAS COMPLEMENTARIAS DE PROTECCIÓN SOCIAL

11.           Prolongar el Estado de Emergencia. Se le sugiere al Poder Ejecutivo solicitar al Congreso Nacional extender la declaratoria de emergencia nacional durante todo el mes de abril. 

a.              Decretar cuarentena de 24 horas en los cuatro territorios de mayor prevalencia de casos y defunciones del país: Distrito Nacional, Gran Santo Domingo, Santiago y Provincia Duarte.  

b.             Mantener el confinamiento domiciliario obligatorio durante la Semana Santa.

c.              Decretar el cierre de todos los balnearios y centros públicos durante el feriado de Semana Santa.

12.           Medida compensatoria para garantizar el derecho vacacional. Tan pronto como se logre aplanar la curva de prevalencia de casos y defunciones por COVID 19, gobierno, empresas y sindicatos se abocan a estructurar un plan de compensación laboral en favor de la clase trabajadora del país. 

a.              Se propone habilitar cinco (5) días extra a las vacaciones programadas de trabajadores/as públicos/as y privados durante el año calendario.

b.             Habilitar dos ¨fines de semana largo¨ adicionales durante los meses de mayo y junio.

c.              Un bono de retribución a trabajadores/as informales y cuentapropistas de menores ingresos, que por su condición de informalidad no puedan acogerse al derecho vacacional ampliado. 

13.           Salvar el año escolar 2019-2020. Ampliar y reforzar el programa República Digital, a fin de garantizar que cada hogar con niños/as o adolescentes en edad escolar disponga de conexión internet segura y gratuita, además de un ordenador o laptop por hogar para acceder a clases virtuales programadas a partir del lunes 13 abril del 2020. 

a.              La medida debe ser extensiva a docentes y directores de escuela.

b.             Habilitar canal de compras y contrataciones de emergencia para compra de equipos y materiales adicionales requeridos para tales fines. 

c.              Cooperación interinstitucional para garantizar eficaz distribución geográfica de equipos.

d.             Plataforma en línea para colgar clases y materiales de lectura. Espacio común de aprendizajes docente-alumnos/as.   

14.           Día 24 de abril: aplicar protocolo especial para toma de posesión de alcaldes, alcaldesas y regidores/as electos/as. 

a.              Presencia única de alcaldes y alcaldesas electos/as en la Sala Capitular para la toma de posesión. 

b.             Regidores/as electos/as asumen por vía digital. No presencial.

c.              Distancia mínima de dos metros entre asistentes. 

d.             Solo personal administrativo/protocolar mínimo y un representante de medios de comunicación. No invitados al evento.

15.           Promoción activa de tareas de corresponsabilidad y cuidados en el hogar entre hombres y mujeres. 

a.              Ministerio de la Mujer lidera campaña activa en favor de promover las corresponsabilidades en el hogar. 

b.             Se habilitan cursos en línea para hombres y mujeres. 

c.              Se condiciona el involucramiento directo del padre en los cuidados, al incremento de subsidios y programas sociales al hogar. 

BLOQUE D. PROPUESTA DE FINANCIAMIENTO PARA LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN SOCIAL

Para garantizar el cumplimiento efectivo del cúmulo de medidas propuestas, hace falta la sumatoria de voluntades públicas y privadas para la movilización de los recursos necesarios para salvar vidas. 

16.           Desmonte parcial del Estado Clientelar. El Gobierno dominicano no necesita ni tomar prestado ni usar fondos de la seguridad social. Solo basta con recortar los fondos que ayudan a mantener la clientela política que opera bajo el cobijo del Presupuesto General del Estado. Si el gobierno toma las siguientes medidas, podría obtener de inmediato RD$ 21,000 MILLONES para la protección social requerida.

a.              Eliminar el Programa Nacional de Asfaltado. Traspasar los recursos del Programa Nacional de Asfaltado de Calles, Carreteras y Caminos Vecinales, del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, al Ministerio de Salud Pública. La medida provocaría de la disponibilidad inmediata de alrededor de RD$ 8,600 millones adicionales para la salud pública. 

b.             Limitar la publicidad gubernamental. Recortar en un 50% de los recursos previstos para Publicidad/propaganda y encuadernación de materiales. La medida dispondría de RD$ 3,100 millones adicionales para dedicarlo a las áreas esenciales de la administración pública para el combate del virus en RD.

c.              Limitar viáticos de funcionarios. Recortar en un 50% los viáticos y desplazamientos previstos, dentro y fuera del país. Con la medida se dispondría de RD$ 2,000 millones adicionales para dedicarlo a las áreas esenciales de la administración pública para el combate del virus en RD.   

d.             Reorientar los fondos discrecionales del Presidente. Recortar los fondos especiales de ¨5% del Presidente¨ + ¨1% calamidades públicas¨. Con esta medida se dispondría de RD$ 5,200 millones adicionales para dedicarlo a las áreas esenciales de la administración pública para el combate del virus en RD.

e.              Eliminar el barrilito y cofrecito del Congreso Nacional. Recortar los recursos dedicados a transferencias al sector privado de la Cámara de Diputados y el Senado de la República. Con esto se dispondría de RD$ 587 millones. 

f.               Recortar los recursos discrecionales en el despacho del ministerio administrativo de la Presidencia. Recortar del 50% de los recursos que maneja la ¨Dirección y Administración del Ministerio Administrativo de la Presidencia¨. La medida permitiría disponer de RD$ 1,500 millones adicionales.

17.           Movilización de recursos privados. Pasar de la filantropía discrecional y desarticulada a un fondo común, monetaria o en especie, para la provisión de materiales e insumos sanitarios de alta prioridad. 

a.              Coordinación efectiva entre instituciones públicas y sector privado empresarial para la provisión de recursos en donde se evidencian vacíos y necesidades inmediatas. 

b.             Las candidaturas presidenciales y congresuales aportan directamente al fondo común, sin hacer campaña proselitista con los fondos donados.

c.              La Cámara de Cuentas prepara una auditoría paralela de fiscalización de los recursos apostados. 

d.             Los recursos aportados no son objeto de crédito tributario, más allá de las medidas ya anunciadas por el gobierno central.  

18.           Suspensión parcial del pago de la deuda pública. La urgencia de recursos para sustentar el esquema de protección social en el marco del Estado de emergencia obliga a reconfigurar las prioridades u obligaciones de pagos a acreedores nacionales e internacionales. 

a.              Por causa de fuerza mayor y emergencia nacional, posponer al menos la tercera parte (1/3) de las aplicaciones financieras o deudas vencidas de años anteriores pendiente de pago por parte del gobierno central. La medida permitiría desahogar obligaciones de pagos por unos RD$ 45,300 millones, recursos que hacen falta para atender la emergencia sanitaria actual. 

b.             El gobierno dominicano, a través del Ministerio de Hacienda, lidera negociación bilateral con los acreedores, en procura de llegar a acuerdos flexibles y acordes al interés nacional.

19.           Otras fuentes de ingreso. Renegociación bilateral de acuerdos gobierno - empresas y reorientación de utilidades privadas en las que el Estado dominicano es socio o tiene participación accionaria. 

a.              Renegociación de ingresos mineros: Barrick Pueblo Viejo y Estado Dominicano. Mientras precios del oro en onza troy van incrementándose en mercado internacional, la recaudación efectiva del fisco dominicano (por concepto de RNF, IMA, ISR y PUN) van disminuyendo. En el año 2017 la recaudación efectiva fue de US$ 327 millones, mientras que en 2020 apenas se situaría en US$ 153.7 millones (menos de la mitad). Gobierno debe procurar una renegación inmediata que permita incrementar una vez más la participación de los ingresos mineros en las recaudaciones. El precio actual supera US$ 1,600 onza troy, mientras que las proyecciones oficiales se tatuaban en solo US$ 1,390.8 la onza troy.

b.             Recursos del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER). Para el año 2020 el FONPER espera recibir más de RD$ 2,485 millones en rentas de propiedad, básicamente por acciones del Estado dominicano en las empresas privatizadas. La práctica de orientar estos recursos de forma clientelar a funcionarios del gobierno, legisladores y al reparto a nivel local debe ser detenida, a fin de orientar fondos a la situación de emergencia sanitaria.

c.              Peaje Sombra Carretera Santo Domingo Samaná. El gobierno se ha negado por 7 años a paralizar las transferencias multimillonarias de recursos al Consorcio de Empresas Autopista de Nordeste. Solo para el año 2020 se prevé transferir casi RD$ 4,650 millones por una carretera que está más que paga. Ante la situación de emergencia nacional, se propone recortar a la mitad las transferencias por este concepto, a fin de liberar RD$ 2,325 millones para atender la situación sanitaria actual.

d.             Recursos provenientes del acuerdo establecido entre la Procuraduría General de la República (PGR) y la constructora Odebrecht. Según el calendario de pago, fruto del acuerdo suscrito, al 30 de marzo 2020 la PGR recibiría US$ 16 millones (dólares), equivalente a unos RD$ 866.4 millones. Según la información disponible, estos fondos son utilizados en la remodelación del sistema penitenciario. Se propone reorientar la totalidad de estos fondos a la situación de emergencia sanitaria actual. 

e.              Ahorros por factura petrolera. Para el Presupuesto General del Estado 2020 el gobierno dominicano previó precios internacionales del barril del petróleo en US$ 59.1 por barril West Texas Intermediate (WTI). El precio promedio registrado en el mes de marzo 2020 oscila entre US$ 28.41 y US$ 30.98 dólares el barril. La brecha registrada presenta una oportunidad única, ya sea para reorientar en el corto plazo recursos comprometidos para tales fines o para adelantar compra futura. 

20.           Apuesta por la colaboración entre países y cooperación sur-sur. República Dominicana como integrante activo del Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) debe promover el intercambio de conocimientos y aprendizajes entre países, compartir protocolos de actuación y aprender de experiencias de éxito de combate a la pandemia, particularmente de países como Singapur, Vietnam, Corea del Sur, Japón, Alemania, entre otros.

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