PRIMER MES BAJO ATAQUE DEL CORONAVIRUS

La crisis sanitaria impacta labores judiciales en el país

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Wanda Méndez y Ramón Cruz BenzánSanto Domingo, RD

Suspensión de las audien­cias de los tribunales, ex­cepto las de coerción, no­tificación de recursos contenciosos vía secreta­ría y mediante acto no­tarial, y la suspensión de plazos en los procesos constitucionales, han si­do algunas de las medi­das adoptadas por las tres Altas Cortes para contri­buir a frenar la expansión del coronavirus en el país, después de que el presi­dente Danilo Medina de­cretó, primero un estado de emergencia, y luego, un toque de queda.

La Procuraduría Gene­ral también dispuso una serie de medidas, princi­palmente la restricción de visitas a los privados de li­bertad, para evitar el con­tagio en los recintos carce­larios.

Similar actitud asumió el Defensor del Pueblo, que decidió cerrar las ofi­cinas, para evitar la aglo­meración de personas, y así prevenir la expansión del coronavirus, ya que el personal está concentra­do en un solo local sin di­visiones de paredes entre departamentos.

Acatando las medidas adoptadas por el gobier­no, tanto el Tribunal Supe­rior Electoral, la Suprema Corte de Justicia, el Tri­bunal Constitucional, la Procuraduría General de la República, y el Defen­sor del Pueblo, enviaron a sus casas, desde la decla­ratoria de estado de emer­gencia, a los mayores de 60 años y a empleados que pa­decían de problemas de sa­lud que los hace vulnera­bles al Covid-19.

Expedientes electorales

Ante la suspensión del tra­bajo de los alguaciles por parte del Consejo del Po­der Judicial, que son los encargados de comuni­car los actos, el Tribunal Superior Electoral (TSE) decidió que se hagan vía secretaría general, y me­diante notario, las notifi­caciones y citaciones de los recursos y demandas concernientes a las elec­ciones municipales ex­traordinarias del pasado 15 de marzo y a las de los niveles presidencial y con­gresual del próximo 17 de mayo.

Dispuso, además, que los 111 expedientes que ha reci­bido a partir del 18 de marzo serán conocidos en cámara de consejo, es decir, de forma administrativa. El TSE seña­ló que se encuentra en ese proceso de notificación, pues ha señalado que no puede suspender sus labores debi­do a que está en marcha el proceso electoral. Además, suspendió los servicios de rectificaciones de actas del estado civil.

Audiencias

En el ámbito de la justi­cia ordinaria, el Consejo del Poder Judicial suspen­dió las labores adminis­trativas y jurisdiccionales en los tribunales, y junto con ello los plazos proce­sales, registrales y admi­nistrativos para todos los organismos dependientes hasta tres días hábiles des­pués de haber cesado el estado de emergencia. So­lo se mantendrán en fun­cionamiento, las oficinas de Servicios de Atención Permanente de la Jurisdic­ción Penal, pero se dispu­so que celebren audien­cias virtuales para conocer medidas de coerción.

Aplazó las audiencias de juramentación de abo­gados y anunció la puesta en marcha de medidas de protección y prevención que buscan mitigar el ries­go de circulación del vi­rus.

Ordenó la limpieza con frecuencia, a los fines de garantizar la correcta hi­giene de las áreas, objetos y superficies de uso cons­tante. Implementó una matriz de mitigación de riesgo para monitorear la evolución de casos y ade­cuar las medidas de pre­vención a la realidad del mismo en el país. También desarrolló una campaña de comunicación interna para jueces, juezas y servi­dores judiciales a los fines de educar y crear concien­cia preventiva sobre la hi­giene personal, acorde a los lineamientos de los or­ganismos de salud locales e internacionales.

Cómputo de plazos

A través de la resolución TC- 0002/20, emitida el 20 de marzo, el Tribunal Consti­tucional suspendió el cóm­puto de los plazos para la realización de cualesquie­ra actuaciones procesales de personas, partes en pro­ceso o con vocación de ser­lo ante esa Alta Corte, hasta que dure el estado de emer­gencia declarado hasta el 3 de abril. Dispuso que el cómputo de los plazos se reanudará 3 días hábiles después de haber cesado el estado de emergencia.

“El ejercicio del cumpli­miento de plazos procesa­les requiere, por un lado, el traslado de personas a tri­bunales y domicilios proce­sales de partes en proceso o con vocación de serlo, y por otro lado, el contacto cerca­no de personas, lo cual pue­de contribuir a la propaga­ción del coronavirus, lo cual no es consistente con el es­tado de emergencia decla­rado por el Poder Ejecuti­vo”, justificó el TC.

Medidas preventivas

El Defensor del Pueblo, ór­gano responsable de sal­vaguardar los derechos fundamentales, también adoptó medidas con su personal.

RECINTOS

CASOS Para internos.

La Procuraduría General de la República anun­ció que viene preparan­do, construyendo y equi­pando diez recintos pe­nitenciarios regionales, con espacios para alojar a internos que pudieran resultar afectados por la enfermedad.