DEBERÁ DECIDIRSE MAÑANA
Un procurador de corte de apelación y una procuradora para asuntos internacionales: los candidatos a fiscal electoral
A un histórico acuerdo han llegado este miércoles el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y el Partido Revolucionario Moderno (PRM) durante el diálogo que se realiza en el Consejo Económico y Social (CES), al consensuar una terna de dos personas, de donde saldrá el próximo y exigido socialmente a voces, fiscal o procurador electoral.
La terna de la cual se elegirá el próximo o la próxima fiscal electoral interina se redujo a dos nombres: Jonathan Baró y Gisela Cueto.
Conocer quiénes son estos miembros del Ministerio Público es hoy importante para los partidos, que estarán a cargo de su elección, y la sociedad que tanto ha exigido esa figura, quien tendrá la responsabilidad de perseguir e investigar en el país los delitos electorales.
Jonathan Baró
Jonathan Baró Gutiérrez es el actual procurador general de Corte de Apelación, Titular de la Procuraduría Regional de San Cristóbal.
Como Segundo Incumbente, funge como procurador general adjunto.
Dentro sus funciones tiene: dirigir las investigaciones y promover el ejercicio de la acción pública, por sí o por intermedio de los procuradores generales de Cortes de Apelación a su cargo, en todos aquellos casos cuyo conocimiento en primera instancia corresponde conforme a la Constitución a las Cortes de Apelación.
Además supervisa las investigaciones y el ejercicio de la acción penal a cargo de las fiscalías de su región y dictar a los procuradores fiscales titulares, las instrucciones particulares que correspondan cuando advierta negligencia manifiesta en la gestión de los casos.
También el de asumir personalmente o a través de un procurador general de Corte a su cargo, cualquier proceso penal de acción pública de su región cuando advierta negligencia o incapacidad manifiesta en la gestión del caso.
Dentro de su funciones debe velar el cumplimiento efectivo de la dirección funcional de la investigación a cargo de los miembros del Ministerio Público, y puede realizar gestiones de coordinación con la policía o cualquier otra agencia ejecutiva de investigación o seguridad a nivel regional para facilitar esta dirección funcional.
También debe conocer y resolver acerca de las recusaciones planteadas contra los miembros del Ministerio Público, entro otras potestades, de acuerdo a su perfil.
Gisela Cueto
Gisela Cueto es actual procuradora adjunta para asuntos internacionales del Ministerio Público.
También ha desempeñado funciones en el ámbito público, tales como secretaria del Tesoro del Ayuntamiento de Luperón, provincia Puerto Plata, encargada de corrección y redacción de proyectos de ley de la Cámara de Diputados y jueza honorífica de la Junta Electoral del Distrito.
En 2007 fue galardonada con la medalla al mérito otorgada en el Día Internacional de la Mujer por el Poder Ejecutivo.
A nivel académico posee una especialidad en Derecho Penal y Procesal Penal (Escuela Nacional del Ministerio Público, 2005).
Como procuradora adjunta para asuntos internacionales del Ministerio Público, estuvo a cargo e inició en 2015 los trámites para traer de España a Ambiorix Nepomuceno Rodríguez, acusado de asesinar a la abogada de Puerto Plata Paola Languasco.
Esta procuradora adjunta tiene dentro de sus funciones sustituir al procurador General de la República en caso de ausencia temporal, excusa o recusación. El primer y segundo sustituto lo sustituirán de pleno derecho y en su orden. En ausencia o imposibilidad de éstos, la sustitución recaerá en el procurador Adjunto de mayor edad.
Representar al Ministerio Público ante la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal Constitucional o cualquier otro órgano que les encomiende el procurador General de la República.
Promover, por asignación del procurador General, la acción penal pública en los casos cuyo conocimiento en primera y única instancia corresponde, conforme a la Constitución, a la Suprema Corte de Justicia.
Coadyuvar a la formulación e implementación de las políticas estatales de prevención y control de la criminalidad, bajo la supervisión y coordinación del Procurador General de la República.
Ejercer cualquier otra función que les atribuya el Procurador General de la República en el ejercicio de sus funciones.
Otras funciones que le encomienden las leyes o los reglamentos.