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RECTIFICACIÓN

Juez retuvo recusación contra Marino Zapete por más de 10 días

Marino Zapete denunció en audiencia del viernes 24 de enero de 2020, que el juez Franny González Castillo estaba parcializado en favor de la hermana del Procurador General de la República, la querellante Maybeth Rodríguez Sánchez, y procedió a recusarlo para que la Corte designara otro juez. Ese juez, sin que nadie lo solicitara ni estar previsto en la ley, decidió otorgar 2 días hábiles a Zapete para que colocara por escrito los motivos de su recusación, lo que el periodista realizó el martes 28 para satisfacer el pedimento del Juez.

Sin embargo, el juez tardó más de diez días, contrario a los tres que dispone la Ley, pues no fue sino el mediodía del 11 de febrero que fue enviada la recusación a la Corte de Apelación. Nada más y nada menos que TRES días antes de las elecciones, con lo que, al parecer, se pretende conquistar una decisión en momentos en que la ciudadanía está pendiente al torneo electoral.

El pasado 13 de febrero del año en curso, fue publicado por este periódico, una reseña periodística sobre nuestro caso, con el que se pretende manifestar la certeza de que habrá una decisión de la Recusación en dos días laborables, y en el que fue tergiversado el objeto de acusación y los fundamentos de la recusación.

El periodista Marino Zapete está acusado por haber denunciado y solicitado que se realizara una investigación, acerca de irregularidades en la concertación de contratos sin licitación entre el Ministerio de Obras Públicas encabezado por Gonzalo Castillo Terrero y la entidad Grupo ASIMRA, S.R.L., representada por Maybeth Rodríguez Sánchez, hermana del Procurador General de la República, y Masiel Uceta Sánchez (esposa de un subalterno del Procurador), así como en los libramientos de fondos de parte de OISOE sin licitación ni contrato; todo lo cual dio lugar a entrega de fondos públicos a favor de Grupo ASIMRA, S.R.L., que superan los mil millones de pesos. Alegando la falsedad de la denuncia hecha en televisión, se produjo la acusación, es decir, no fue porque el periodista se negase rectificar, sino porque a decir de Maybeth Rodríguez, el contenido de su denuncia es difamatorio (falso).

La recusación presentada por Zapete es interpuesta contra un juez que restringió la publicidad del juicio y, lo que es más grave, pretende impedir que el periodista se defienda y demuestre la veracidad de lo que denunció, todo eso por iniciativa propia y sin permitir que Zapete le contradiga ni se defienda.

En la audiencia fijada para el 24 de enero del 2020 para conocer del juicio contra el periodista, se mantuvo un personal policial que dijo actuar por instrucciones del Juez, impidiendo el acceso a los medios de comunicación y al público en general, a pesar de que la sala de audiencias se mantuvo con bancos, asientos y espacios vacíos. Lo que significa, que el juez Franny González decidió por iniciativa propia celebrar a puertas cerradas un juicio contra el periodista que denunció irregularidades sobre fondos públicos, que por mandato de la ley y la constitución es un juicio público, sin emitir una resolución motivada previa que así lo justifique, y sin encontrarse presentes las excepciones previstas por la ley para restringir la publicidad, en franca violación a los artículos 308 y 309 del Código Procesal Penal.

Además, se trata de un juez que le ocultó a Zapete (trato desigual) que había un escrito de objeciones presentado por su acusadora que pretendía excluir pruebas de defensa, impidiéndole defenderse oportunamente de esas quejas; procediendo posteriormente a celebrar una especie de fase preliminar clandestina en la que solo participó el propio juez y la acusadora, Maybeth Rodríguez. Todo esto, refleja falta de objetividad del juzgador y violentó insubsanablemente el derecho del periodista imputado a ser juzgado por un juez imparcial e independiente, en un juicio oral, público y contradictorio.

El juez apoderado, excluyó previo al juicio y a la presentación de evidencias, que es la etapa en que conforme a la ley en los procesos de acción privada puede discutirse todo lo relacionado a las pruebas, parte importante de la prueba de Zapete. Esta exclusión operó por iniciativa propia y en otros casos tomando en cuenta una solicitud de exclusión realizada por Maybeth Rodríguez que nunca le comunicó al acusado (Zapete).

No obstante, el periodista Marino Zapete aún mantiene la esperanza de que jueces imparciales decidan su proceso. Al tiempo de que reitera su interés de demostrar la veracidad de su denuncia, bajo un ejercicio efectivo de su derecho a defenderse y en el que impere la correcta aplicación de la ley, la constitución y el ordenamiento jurídico vigente.