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CASO DURÓ 9 AÑOS EN LA JUSTICIA

MP estudiará sentencia que descargó a Rodríguez Pimentel para establecer si la recurre en apelación

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Ramón Cruz BenzánSanto Domingo, RD

El Tercer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional descargó al exdirector del Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos (Indrhi), Héctor Rodríguez Pimentel, y otras seis personas, acusados de malversar mil 500 millones de pesos y más de 56 mil dólares.

El tribunal, integrado por los jueces Arlin Ventura, Milagros Mercedes Rodríguez Cabrera y Ana Liz Florimón, determinó que las pruebas aportadas por el Ministerio Público fueron infundadas y carentes de base jurídica.

Los jueces además declararon no culpables a Príamo Méndez Cuesta, Manuel de la Cruz Martínez, Fior Daliza del Carmen Ares Salazar, José Pérez y Teodoro Ruiz, tras rechazar el dictamen del Ministerio Público quienes pedían que los mismos fueran declarados culpables de los hechos que se le imputan.

Se informó que el Ministerio Público esperará que se le notifique la sentencia íntegra para determinar si recurre o no en apelación el fallo de los jueces del Tercer Tribunal Colegiado.

Luego del conocimiento del juicio de fondo seguidos en contra de los imputados y que se prolongó por nueve años, los jueces fijaron la lectura integra de la sentencia para el 20 de enero del 2020.

En el dispositivo de la sentencia, el tribunal consideró que tal y como probaron los abogados de la defensa de Rodríguez Pimentel, doctores Manuela Ramírez y Carlos Moreno Abreu, no hubo violación a la Ley 340-06 sobre compras y contrataciones públicas en la ejecución de los contratos que se hicieron durante el período que ejerció como director del INDRHI, incluyendo la licitación de la presa de Monte Grande y las obras que realizó para reparar los daños de las tormentas Olga y Noel.

Además estableció que los contratos que ejecutó la administración de Rodríguez Pimentel durante la emergencia por los huracanes estaban avalados por un decreto presidencial de declaratoria de emergencia nacional.

El tribunal también estableció que el peritaje que hizo al respecto la Cámara de Cuentas fue incompleto porque no tomó en cuenta la ocurrencia de dichas tormentas ni el decreto que declaraba la emergencia.

En sus conclusiones los fiscales de la Fiscalía del Distrito Nacional y la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), habían pedido al tribunal declarar culpable al grupo de prevaricación, desfalco, concusión, soborno, asociación de malhechores y estafa, así como de violar el artículo 46 de la Constitución dominicana y la Ley 340 sobre Compras y Contrataciones del Estado.