Orden de partidos en la boleta es conflictivo

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Wanda MéndezSanto Domingo, RD

La posición de los partidos en la boleta electoral ha sido un tema conflictivo. Desde el 2016 algunas organizaciones políticas han estado inconformes con el criterio adoptado por la Junta Central Electoral (JCE), dando lugar a demandas judiciales.

El conflicto más reciente surge a raíz de la resolución 34/2019, que dictó la JCE el 10 de diciembre, mediante la cual estableció el orden en que aparecerán los partidos en las boletas a usarse en las elecciones del 2020.

La JCE tomó en cuenta la sumatoria de los votos válidos obtenidos de manera individual por cada uno en los niveles presidencial, congresual y municipal de las pasadas elecciones ordinarias generales que fueron celebradas el 15 de mayo del año 2016.

En esta oportunidad, seis partidos políticos no han quedado conformes con ese criterio y ya sometieron un recurso de revisión ante la misma Junta, en el que solicitan deje sin efecto la resolución. Y además, en caso de acogerse su petición, pretenden impugnarla ante la jurisdicción administrativa.

Se trata de los partidos Revolucionario Dominicano (PRD), Cívico Renovador (PCR), Unión Demócrata Cristiano (UDC), Socialista Verde (PASOVE), Humanista Dominicano (PHD) y el Acción Liberal (PAL).

CLAVES

Caso pendiente.

Estos partidos solicitaron a la JCE esperar que el Tribunal Superior Administrativo (TSA) conozca un expediente.

Los partidos pidieron a la JCE, además, de manera subsidiaria, dejar sin efecto la resolución y que el orden de los partidos sea reajustado de acuerdo a las votaciones de las elecciones de febrero y mayo del 2020. De dónde nace el conflicto

El punto de partida fue el acta número 31-2016, del 8 de mayo del 2016, en la que inicialmente la JCE dispuso que se tomará en cuenta los votos del nivel presidencial.

Luego, en la resolución 02/2017, emitida el 7 de febrero del 2017, varió ese criterio, acogiendo un recurso de revisión de los partidos Bloque Institucional Social Demócrata (BIS) y de unidad Nacional (PUN) contra la decisión adoptada en el 2016, en una anterior gestión, y estableció que sería con la sumatoria de votos de todos los niveles en las elecciones de mayo de ese año, como decidió ahora la JCE.

Más tarde, esa resolución fue objeto de una demanda en nulidad sometida ante el Tribunal Superior Electoral (TSE) por 6 partidos, PCR, UDC, PASOVE, PHD, Alianza País (ALPAIS), y Dominicanos por el Cambio (DXC).

El tribunal electoral acogió la demanda en nulidad y mediante la sentencia TSE-013-2017, dictada el 21 de abril de 2017, dispuso que el criterio a tomar en cuenta sean los votos del nivel presidencial.

Pero ese fallo del TSE fue recurrido ante el Tribunal Constitucional por el BIS y el PUN y el pasado viernes, 6 de diciembre, el órgano constitucional emitió el dispositivo de la decisión sobre ese conflicto, mediante el comunicado 63/19.

El TC acogió el recurso de revisión sometido, revocó la sentencia del TSE, pero decidió enviar el expediente al Tribunal Superior Administrativo (TSA) para que lo conozca, pues ha sido reiterativo en declarar que las resoluciones de la Junta son de carácter administrativas y solo son recurribles ante el Tribunal Administrativo, no ante el Tribunal Electoral.

El expediente llegará al TSA cuando el TC emita la sentencia íntegra, con las motivaciones que la sustentan, lo cual no ha ocurrido.

Al ser revocada la sentencia del TSE, el criterio que prima para el orden de los partidos en la boleta es el adoptado por la JCE en la resolución 02/2017, que fue ratificado en la última resolución, 34/2019, en base a la sumatoria de los votos alcanzados en las elecciones del 15 de mayo del 2016 en todos los niveles, presidencial, congresual y municipal.

Aunque no le ha sido notificada la sentencia integra del TC, porque no ha sido publicada, la Junta se apoyó en el dispositivo que emitió la Alta Corte en el comunicado 63/19.

El conflicto sobre la posición de los partidos en la boleta aún no ha concluido, porque falta la decisión del TSA y la de un posible recurso de revisión del TC, para saber cuál será la solución definitiva que se le dará a ese tipo de disputas que ha enfrentado a la JCE con varios partidos.

Posición del PRD El delegado político del PRD ante la JCE, José Miguel Vásquez, señaló que la decisión del Tribunal Constitucional de remitir el expediente sobre el conflicto por el orden de los partidos en la boleta no surte efectos todavía, porque la Alta Corte no ha emitido la sentencia íntegra.

Por lo tanto, consideró arbitraria la resolución de la JCE. “La Junta se arrogó de poderes para tomar una decisión acelerada y sin sentido, en contra de los partidos, porque ahora ha dislocado la numeración”, expresó.

Señaló que la Junta proclamó hace ya un mes la campaña y todos los partidos están haciendo campaña con sus números, pero que ahora la Junta provoca que vuelvan a hacer campaña porque le está cambiando el orden otra vez. “Nosotros aceptamos que la Junta establezca, junto con los partidos, el nuevo orden que será a partir del 2020, pero no puede establecer un orden de las elecciones del 2016, es inverosímil”, sostuvo. Orden dispuesto por la JCE

Conforme al criterio adoptado por la JCE en la resolución 34/2019, el Partido de al Liberación Dominicana (PLD) ocupará el primer lugar, seguido del Revolucionario Moderno (PRM) y el Reformista Social Cristiano (PRSC).

El PRD bajó al cuarto lugar y los demás siguen ubicados en base a la cantidad de votos que obtuvieron en las elecciones del 2016 en los tres niveles de elección. Luego continúa con los partidos políticos que participaron con recuadro único en esos comicios o que no concurrieron, pero mantienen su personería jurídica en virtud de la existencia de una representación congresual o municipal.

El orden sigue con las agrupaciones municipales y provinciales, conforme a la fecha de su reconocimiento, y en los últimos puestos quedan los partidos reconocidos después de las elecciones del 2016, tomando como base la categoría de la organización o la fecha de la resolución aprobada por la Junta.

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