ANALISIS

Llegó el diablo, Leonel se fue: ¿Ahora qué?

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Ángel LockwardSanto Domingo, RD.

No es lo mismo llamar al diablo que verlo llegar; Leonel se fue y no solo. Ello crea una nueva realidad, que en lo inmediato producirá nerviosismo en las esferas del Gobierno y sentimiento de inseguridad en las fidelidades; hacia la calle, crecerá el sentimiento de que el PLD – dividido - es fácilmente vencible y la voz de la oposición, alimentada, se oirá más clara, en un par de meses, la buena aprobación del Gobierno será cosa el pasado: Leonel, con razón o sin ella, lució creíble.

En 1973 en medio de la guerra fría, casi en la misma fecha Bosch se marchó casi solo del PRD y formó un partido antisistema que denunció a la democracia representativa, por eso tardó tanto en crecer y sólo llegó al poder en 1996 cuando el emblema del sistema, Balaguer, desde el poder lo desatanizó y le transmitió su caudal electoral y bases sociales. Hace 46 años el sistema de votación no era fraccionable como ahora y no existía la red.

Esta semana, luego de las reacciones en los medios, viene la lucha política propia de la democracia, ojalá impere la cordura y el control de las instituciones no obre en contra de la sistema y los derechos del pueblo, sobre todo por la pésima calidad de las leyes de partidos políticos y de la Junta Central Electoral: es obvio que Leonel buscará registrar su candidatura presidencial y casi seguro que la JCE la rechazará.

En un sistema electoral jurisdiccionalmente organizado correspondería al Tribunal Superior Electoral garantizar su derecho de ser postulado y el derecho de elegirlo de casi un millón de electores que le votó en las primarias, pero dicho órgano se ha declarado incompetente como garante de los derechos electorales y como vía recursiva de las decisiones de la JCE, en contra de cuales la Ley 15-19 dispone, inconstitucionalmente, que no hay recursos.

Habría en este caso que recurrir por ante el Tribunal Superior Administrativo, todavía con autoridades interinas, controladas por la Suprema Corte de Justicia – es decir por Danilo-, tanto si es amparo preventivo, como si es recurso contencioso.

Igualmente procedería, concomitantemente, atacar la Ley de Partidos y en particular el artículo 134 de la Ley Electoral por ante el Tribunal Constitucional mediante una Acción Directa a los fines de que por virtud de los artículos 22.1, 74, en sus numerales 2 y 4 y, 123, de la Constitución, así como por los artículos 5, 22 y 25 del Pacto de los Derechos Civiles y Políticos y 16 y 23 de la Convención Interamericana de los Derechos Humanos, sean declarados inconstitucionales: Su plazo de un mes para fijar audiencia y de cuatro para decidir, es suficiente, si no guardan el recurso en un cajón como recurrentemente han hecho.

Si bien no creo, como muchos en la eficacia de las jurisdicciones electoral y constitucional, el ejercicio de la democracia impone el uso de los recursos de los que ellas deben ser garantía y, en ese orden, los recomiendo como un esfuerzo para mejorar la calidad de la democracia: Es propio del sistema que cada uno cumpla su rol y que el pueblo ejerza su derecho de control, en las calles, si hiciera falta.

En esta semana oscura para el sistema político, aunque parezca extraño, creo más en el buen juicio del Presidente Medina a quien – dado que ya el enemigo se fue – le conviene más, un Leonel candidato a quien le cuenten sus votos actuales, restados del PLD, que un Leonel sumando esos votos a Luis pues ampliaría geométricamente su ventaja actual. No es por generosidad o cumplimiento de la Constitución: deben dejarle ser candidato por su propio bien, pues dividido el PLD, ahora, Danilo debe mantener dividida a la oposición, si desea un chance para su pupilo.

A Leonel le van a seguir electoralmente más que a Bosch porque, a diferencia del maestro, es un político del sistema que será candidato presidencial en el 2020 con buenas posibilidades.

¡Ah, lo olvidaba, igual que Bosch, conforme al artículo 2 numeral 5, de la Ley 15-19, tampoco es un tránsfuga, pues al renunciar a la Presidencia del PLD “no es representante de este y tampoco fue “expulsado” como miembro condiciones que definen dicho comportamiento.

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