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PROCLAMACIÓN DEBE SER DE ACEPTACIÓN OBLIGATORIA

Las razones del TSE para rechazar la demanda de Leonel contra proclamación de Gonzalo

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Martin AdamesSanto Domingo, RD

El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó esta madrugada una instancia sometida por el ex precandidato, Leonel Fernández, en la que pedía que no se proclamara a Gonzalo Castillo como ganador de las primarias hasta tanto no se realizara una auditoría forense a los equipos que se utilizaron en las primarias.

Una de las razones fue Leonel no logró acreditar ante el Tribunal que el daño invocado, y deberá pagar las costas del proceso por tratarse de un asunto electoral.

El tribunal a su vez, admite en cuanto a la forma “la demanda incoada en cuanto a la forma la demanda en referimiento incoada por el señor Leonel Fernández Reyna contra la Junta Central Electoral (JCE), el señor Gonzalo Castillo Terrero y el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), por haber sido interpuesta de conformidad con las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias vigentes.

También se rechazó los medios de inadmisión planteados por las partes que figuraron como codemandadas, en este caso la Junta Central Electoral, el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), y Gonzalo Castillo Terrero, considerarlos improcedentes e infundados en derecho.

"Dicha proclamación será de aceptación obligatoria por los partidos, salvo el caso de los recursos a los que haya pertinencia elevar con lo cual la parte demandante, si así lo estimara conveniente, tiene a su disposición las vías jurisdiccionales para atacar los resultados del proceso eleccionario, lo que confirma la reparabilidad del daño si existiere”, resolvió el TSE.

El alto tribunal está integrado por los jueces Román Jáquez Liranzo, presidente; Rafaelina Peralta, Ramón Arístides Madera Arias, Cristian Perdomo y Santiago Sosa.

La decisión fue tomada con el voto disidente del magistrado Madera Arias.

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