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TC advierte voto arrastre viola la Constitución

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Wanda MéndezSanto Domingo, RD

El Tribunal Constitucional estableció que el sistema de arrastre de diputados a senadores, dispuesto en la ley 157-13, viola el derecho al voto directo consagrado en el artículo 208 de la Constitución, porque tal y como está preconcebida la elección de los legisladores, de manera conjunta, impide que la Junta Central Electoral (JCE) confeccione la boleta de los candidatos del Senado y de la Cámara de Diputados.

Igualmente, determinó que ese método viola el derecho de los ciudadanos al voto libre, debido a que impone al votante el candidato a senador, sin que este pueda expresar su voluntad de manera libre y soberana.

Argumentó que esto, además, privaría a los ciudadanos del derecho a escoger separadamente los candidatos legislativos de su preferencia, limitando irrazonablemente la configuración del derecho a elegir de manera directa a los aspirantes al Senado y la Cámara de Diputados.

El TC lo ha expuesto en la sentencia TC-375-19 publicada integramente ayer, disponiendo la nulidad del sistema de voto de arrastre.

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