SOLICITUD DE MEDIDA DE COERCIÓN
MP dice Marisol Franco adquirió muebles e inmuebles que superan los RD$25 millones
Marisol Mercedes Franco, esposa del prófugo y presunto narcotraficante César Emilio Peralta “El Abusador”, es acusada por el Ministerio Público de haber adquirido bienes muebles e inmuebles que superan los RD$25 millones.
El Ministerio Público, que pide 18 meses de prisión preventiva para Franco, alega que los bienes muebles e inmuebles que superan los RD$25 millones, “incluyen un apartamento en la torre Kevany, valorado en RD$16 millones y un vehículo de la marca Mercedes Benz modelo S-500, valorado aproximadamente en US$120 mil, así como un reloj Hublot de 18 kilates, valorado en RD$750 mil, entre otros elementos de lujo”.
Franco fue detenida el martes por las autoridades en la torre Naco Blue Tower, donde presuntamente residía también “El Abusador”.
El órgano del sistema de justicia solicitó la imposición de la medida contra la señora Franco ante la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional.
Indicó que cuando Marisol Mercedes Franco fue apresada la interrogaron respecto a su vinculación con las actividades ilícitas por la que se persigue a su pareja, “estableciéndose su vinculación al caso”.
Se recuerda que el Ministerio Público, representado por la Procuraduría Especializada Anti Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y la Fiscalía del Distrito Nacional, ha sometido a la justicia a ocho personas por su vinculación a esta red y ha solicitado la imposición de prisión preventiva y la declaratoria de complejidad del caso, mientras que otros cuatro se encuentran en proceso de extradición a solicitud de las autoridades de los Estados Unidos, para un total a la fecha de 12 personas, cuyo número continuará en aumento en la medida que capturados y sometidos a la justicia otros imputados.
Dichos imputados han sido sometidos a la justicia por presuntamente incurrir en asociación ilícita para adquirir, poseer, transferir y utilizar bienes a sabiendas de que han sido producto de un delito de tráfico ilícito de drogas y del delito de lavado de activos proveniente del tráfico de drogas ilícitas.
Indicó en ese orden que esos delitos están tipificados y son sancionados por los artículos 60, 99 y 100 de la Ley No. 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, y el artículo 3 de la Ley No. 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, y los delitos de tenencia ilegal de armas, municiones y sus accesorios, y tenencia y uso de armas de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional, cuya tipificación y sanción se encuentra contemplada en los artículos 66 y 70 de la Ley No. 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.