Santo Domingo 23°C/26°C thunderstorm with rain

Suscribete

LEY DE PARTIDO

TC elimina requisito de militar en partido para ostentar candidatura

Avatar del Listín Diario
Wanda MéndezSanto Domingo, RD

El Tribunal Constitucional declaró no conforme con la Constitución el numeral 3 del artículo 49 de la Ley 33-18, de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos que exige una militancia o permanencia en una organización política para aspirar y ostentar una precandidatura o candidatura.

El numeral 3 del artículo 49 de la norma legal dispone que para aspirar y ostentar una precandidatura o candidatura en representación de un partido, agrupación o movimiento político se requiere: “que tenga un tiempo de militancia o permanencia mínimo en el partido, agrupación o movimiento político consignado en los estatutos orgánicos del partido, agrupación o movimiento político por la que aspira a postularse”.

El TC también eliminó el artículo 43 de la ley de partidos que establece la propaganda permitida durante la precampaña política; así como varios numerales del artículo 44, sobre la propaganda prohibida en el período de precampaña.

La decisión del TC fue publicada en el comunicado 39/19, dado a conocer ese miércoles.