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Reenvían conocimiento de coerción contra exmilitar que amenazaba con hacer explotar el Palacio

El juez interino del Juzgado de la Instrucción del Distrito Judicial de Barahona, magistrado Manuel Guevara Ferreras, dispuso el reenvío conocimiento de medida de coerción a un exmilitar que en una nota de voz que circula en rede sociales dijo estar en la capacidad de dinamitar el Palacio Nacional.

El conocimiento de la medida de coerción contra Brayan Escalante Caraballo, de 40 años, fue dispuesto por el juez Guevara Carrasco para el próximo lunes 20 de mayo, a las 9:00 de la mañana, a solicitud de su abogado, Yuli Rocha, sin encontrar objeción en el Ministerio Público, representado en la magistrada Yokasta Báez.

Escalante Caraballo, apresado en Punta Cana, ciudad en la que se dedica al motoconcho, en la referida nota de voz, solicitó una guagua de color “amarillo” con 24 tanques de dinamita para “echar abajo” el Palacio Nacional, pues según él es un exmilitar formado para matar gente”.

Rocha, abogado de la defensa técnica, al ser consultado por Listín Diario, manifestó que hizo la solicitud al juez de la instrucción porque no conocía el expediente de su defendido y busca un espacio para reunir los presupuestos, así como el arraigo del imputado de terrorismo por las autoridades.

“La defensa técnica necesita tener los arraigos que justifiquen al juez que se trata de una persona que tiene familia, tiene una dirección, un domicilio y que es una persona dedicada al trabajo”, expuso Yuli Rocha al ser abordado por Listín Diario a su salida de la sala de audiencia.

El profesional del derecho negó las imputaciones hechas a Escalante Caraballo, aunque admite que no observa en el expediente elementos muy comprometedores contra su defendido, aunque sí alegan la Ley 53-07, específicamente los artículos 27 y 28, que juzga los actos de terrorismo.

Sin embargo, dijo entender que el caso de Escalante Caraballo no hay elementos de terrorismo, sino que lo que existe ahí son actos de manifestaciones, pronunciamientos de parte suya.

“La expresión está permitida por la Constitución de la República. Una cosa es expresarse, una cosa es decir, pero otra muy distinta es hacer el acto en sí de terrorismo. Actos son aquellas acciones que se ejecutarse realizan y se hacen”, expuso.