Decreto
Estado regulará minas de larimar
El presidente Danilo Medina instruyó al Ministerio de Energía y Minas la regulación, supervisión, autorización y disposición en todo lo relativo a la explotación, extracción, permisología, procesamiento y exportación del ámbar y larimar, natural o semiprocesado. La medida está contenida en el Decreto 431-18, dado a conocer anoche por el portavoz de la Presidencia, Roberto Rodríguez Marchena.
También derogó el artículo 4 del Decreto 13-87, que establece que las concesiones del ámbar y larimar solo podrán favorecer a cooperativas y asociaciones de campesinos de los lugares de depósito. Anuló el artículo 5 del mismo decreto, el cual prohíbe la exportación de ámbar, larimar y minerales análogos de uso artesanal que no estén debidamente procesados y los numeral 15 y 16 del artículo 15 del Decreto 3-02.
Instruyó al Ministerio de Energía y Minas elaborar el Reglamento de ámbar y larimar en un plazo de seis meses a partir de hoy. Mediante el decreto 430-18 el mandatario declaró como Reserva Fiscal Minera “Ávila”, para la exploración y evaluación de posibles yacimientos de “tierras raras” para ser desarrolladas directamente por el Estado o mediante contratos especiales. La Reserva abarcará las secciones Las Mercedes, La Altagracia y Aguas Negras, y los parajes Ávila, Bella Vista, Boca Tajón, Cabeza de Agua, Cabo Duarte, Canta la Rana, Colonia de los Arroyos, Colonia Mencía, Don Juan, El Bambú, El Mogote, Jarro Sucio, La Canoa, La Manigua, La Rosa, Los Corales, Los Manguitos, Pasu Sena, San Isidro, Sambu y Toro.