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JUSTICIA

TC valida confidencialidad de las informaciones de la Seguridad Social

El Tribunal Constitucional rechazó una acción directa de inconstitucionalidad, que buscaba la nulidad de un artículo del decreto 775-03, que instituye el reglamento de la Tesorería de la Seguridad Social, el cual establece que las informaciones contenidas en la base de datos de la Seguridad Social son confidenciales.

La acción de inconstitucionalidad fue presentada por la Central Institucional de Trabajadores Autónomos (CITA), en contra del artículo 17, primer párrafo, inciso d, del Decreto 775-03, sobre el reglamento de la Tesorería de la Seguridad Social, aprobado el 12 de agosto del año 2003.

Específicamente, esa disposición establece que residirán en los servidores de datos de la empresa procesadora, con acceso restrictivo, las informaciones de traspasos entre la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y la Administradora de Riesgos de Salud (ARS).

El artículo 17 señala que la distribución del almacenamiento de los datos, con acceso cruzado restrictivo, se hace para cumplir con el principio rector de la Ley 87-01 sobre Seguridad Social relativo a la separación de funciones y con lo dispuesto en otros artículos del reglamento.

Los jueces del Tribunal Constitucional ordenaron que la decisión sea comunicada, vía secretaría, a la accionante, CITA; así como al Poder Ejecutivo y a la Procuraduría General de la República.

Dispusieron, además, que la sentencia sea publicada en el boletín del Tribunal Constitucional.

La decisión está contenida en el comunicado 35/18, dado a conocer por el TC el 14 de septiembre del 2018, a través de su página web. En el comunicado solamente está incluido el dispositivo de la sentencia, sin las motivaciones que dieron lugar a la decisión.