EMPRESA BRASILEÑA
Embraer acepta sometimiento por caso Súper Tucano
La Empresa Brasileira de Aeronáutica S.A. (EMBRAER) aceptó someterse a un juicio penal abreviado en el país para reconocer formalmente su culpabilidad ante la justicia por el pago de 3.5 millones de dólares en sobornos para la adquisición de ocho aviones Súper Tucano, en el año 2009.
Así lo informó la Procuraduría General de la República (PGR), a través de un comunicado, en el cual indicó que el acuerdo para la aplicación del Procedimiento Penal Abreviado contra la Empresa Brasileira de Aeronáutica S.A., fue depositado la tarde de este martes en el Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional.
Explicó que como condición para este juicio penal abreviado, el Ministerio Público exigió a EMBRAER que, luego de que sea aprobado por un juez, esta empresa entregue información detallada sobre esos sobornos que ante la Justicia de Estados Unidos admitió haber pagado en el país.
La institución indica que esa información detallada incluye los pormenores del mecanismo utilizado para efectuar los desembolsos, los datos sobre las transacciones e identificar a cada una de las personas que habrían intervenido en la recepción de ese dinero y quiénes se beneficiaron.
Expresa que esa información fortalecerá el proceso penal en curso ante los tribunales contra las personas y empresas incluidas en la acusación presentada el 6 de septiembre del 2017 por la Procuraduría Especializada en Persecución de la Corrupción Administrativa (PEPCA), resaltando que cualquier otra que resulte señalada, también será puesta a disposición de la justicia, sin excepción.
La PGR explica además, que la figura del juicio o procedimiento penal abreviado está consignada en el Código Procesal Penal y permite conseguir en forma breve lo que podría tardar años a través de cientos de audiencias de un juicio, significando esto un importante ahorro de tiempo y de otros recursos, al tiempo de destacar que en este caso el país logra ser compensado económicamente.
En este sentido, informó que el pasado lunes 13 de agosto, la empresa EMBRAER pagó al país la suma de 7 millones de dólares, equivalente a la sanción económica máxima imponible localmente para el delito de soborno, de acuerdo a lo establecido en la Ley No. 448-06 sobre Soborno en el Comercio y la Inversión, suma que fue depositada provisionalmente en una cuenta bancaria de la institución.
Indicó la PGR, que en caso de que la aplicación de este juicio penal abreviado sea aprobado por un juez, tales recursos serán integrados al presupuesto del Ministerio Público destinado a fortalecer la investigación, prevención y persecución de los crímenes y delitos, además de la humanización del sistema penitenciario nacional, siempre en estricto apego a lo establecido en Ley Orgánica de Presupuesto para el Sector Público No. 423-06.
La institución recordó que la instrumentación de este expediente se inició bajo la anterior dirección del Ministerio Público, destacando que tras asumir como procurador general de la República el 16 de agosto del 2016, el magistrado Jean Rodríguez dispuso incluir a EMBRAER como imputada y la ampliación de las investigaciones, lo que permitió identificar a nuevos implicados, recolectar otras evidencias y presentar una acusación robusta, lo que provocó que esta empresa decidiera aceptar su culpabilidad ante los tribunales dominicanos.
En este orden, la PGR recalcó que esa acusación, además de EMBRAER, fue presentada en contra del exministro de las Fuerzas Armadas, mayor general retirado Rafael Peña Antonio; el exdirector de proyectos especiales de la Fuerza Aérea Dominicana, coronel Carlos Piccini Núñez; los empresarios Daniel Aquino Méndez y Daniel Aquino Hernández, Ysrael Abreu Rosario, y Félix Del Orbe Berroa, así como de las empresas Magycorp, S.R.L. y 4D Business Group.
La institución responsable de la persecución penal señaló que estaba a la espera de la separación de EMBRAER del expediente acusatorio para informar que esta empresa había aceptado someterse a un juicio penal abreviado, que exceptúa a sus funcionarios brasileños, debido a que ya fueron condenados en Brasil por estos hechos y no pueden ser juzgados nuevamente en República Dominicana, pues el principio jurídico internacional de “Non bis in idem”, impide la doble persecución.
La PGR resalta que en aras de la transparencia, el acuerdo suscrito para este juicio penal abreviado será divulgado en forma íntegra, inmediatamente después de que sea autorizado por un juez, en virtud de que la reserva que establece el artículo 291 del Código Procesal Penal, impide que tal divulgación pueda realizarse antes.