La República

CONSTITUCIONAL

Educación deberá reponer a maestro de San Juan a quien le bloquearon su cuenta sin justificación

El Tribunal Constitucional () ordenó al Ministerio de Educación (MINERD) el reintegro inmediato de un maestro a la nómina de docentes correspondiente al liceo vespertino Pedro Henríquez Ureña, de San Juan de la Maguana, así como el pago de los salarios atrasados que le fueron retenidos.

Dispuso la reposición a ese plantel educativo del profesor Manuel Enrique Orozco Aybar, al acoger una acción de amparo que interpuso en contra del Ministerio de Educación (MINERD).

Ordenó el pago de una astreinte de RD$5,000.00 por cada día de retardo en la ejecución de la decisión, en contra del MINERD, y a favor de Orozco Aybar.

El TC revocó la Sentencia número 0322- 2016-SORD-85, dictada el 30 de diciembre de 2016 por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de San Juan de la Maguana, que declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por el profesor.

De acuerdo con el expediente que reposa en el TC, el profesor Manuel Enrique Orozco Aybar ganó un concurso de oposición organizado por el Ministerio de Educación, pero luego de estar impartiendo docencia en el liceo Pedro Henríquez Ureña y haber cobrado su salario de un mes, le fue bloqueada su cuenta bancaria.

El docente, según consta en el expediente, agotó las vías institucionales, mediante un recurso de reconsideración, y un proceso de conciliación ante el Ministerio de Administración Pública (MAP), pero no logró una solución a la retención de los salarios y al desbloqueo de su cuenta.

Por tal razón, sometió una acción de amparo de cumplimiento, la cual fue declarada inadmisible por el tribunal de San Juan de la Maguana, que consideró que existen otras vías jurisdiccionales para hacer su reclamo.

El profesor recurrió ese fallo ante el Tribunal Constitución, que le acogió su recurso de revisión, revocando la sentencia impugnada y acogiendo a su vez la acción de amparo.

El docente alegó que con el bloqueo de la cuenta y la retención de los salarios, Educación incurrió en una violación a sus derechos fundamentales al trabajo, a la igualdad y al salario, así como a su derecho dignidad.

El TC ordenó la comunicación de la sentencia por Secretaría, para su conocimiento y fines de lugar, a la parte recurrente, Manuel Enrique Orozco Aybar; así como a la parte recurrida, Ministerio de Educación (MINERD), para los fines correspondientes.

Dispuso igualmente que el fallo sea publicado en el boletín del Tribunal Constitucional.

El dispositivo esta decisión está contenido en el comunicado 14/18, publicado por el TC en su página web.