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SOBORNOS

PGR advirtió a partes del caso Odebrecht no pueden divulgar informaciones del proceso

La Procuraduría General de la República emitió ayer un comunicado de prensa inusual: advertía que salvo autorización expresa del Ministerio Público, divulgar documentos o información sobre la intimidad del caso Odebrecht “pudiera significar un serio delito”.

“El Código Procesal Penal consigna que en la fase actual estas diligencias investigativas deben mantenerse bajo reserva y todo lo que se derive de ella es estrictamente confidencial”, advertía la Procuraduría en su comunicado de la tarde del domingo.

El comunicado de la Procuraduría señalaba que las partes involucradas tenían la obligación de no divulgar información sobre el proceso de investigación hasta que no se solicite medidas de coerción, algún anticipo de prueba o se presente acusación formal en el caso.

La Procuraduría General de la República señalaba que sin importar su estatus político, social o profesional, toda persona o institución requerida estaba obligada a suministrar las informaciones que se les soliciten y aclaraba que por el momento eso “no significa que haya comprometido su responsabilidad penal”.

“Es una actitud equivocada reaccionar a este proceso con ensañamiento, retaliación o reacciones de resistencias imprudentes”, señala el documento de prensa enviado a esta sala de redacción.

El Ministerio Público dominicano informó que el Ministerio Público ha rastreado el comportamiento de cientos de cuentas bancarias y transacciones, además de realizar el análisis de miles de documentos referentes al caso.

“En el avance de estas indagatorias han surgido nombres de empresas y personas. Los procedimientos de investigación penal obligan a profundizar averiguaciones para esclarecer su participación. Para esto es normal que se soliciten documentaciones, se efectúen consultas, experticias y entrevistas directas y presenciales”, dice el comunicado de la Procuraduría.

“Como consecuencia de ese meticuloso y confidencial proceso, cualquier ciudadano puede ser objeto de escrutinio y de interés de nuestra organización; las atribuciones que nos confiere la ley nos faculta para la conducción de dichas acciones y estamos obligados a realizarlas”, señalaba.