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Conflicto entre reformistas

El TSE anula reunión de organismo del PRSC

Fallo. El TSE anuló todas las decisiones adoptadas en la reunión del Directorio Presidencial del PRSC celebrada el 9 de junio de 2017.

Fallo. El TSE anuló todas las decisiones adoptadas en la reunión del Directorio Presidencial del PRSC celebrada el 9 de junio de 2017.

El Tribunal Superior Electoral (TSE) dispuso ayer la nulidad de la reunión del Directorio Presidencial del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), celebrada el 9 de junio de 2017, por falta de quórum.

El tribunal, que preside el magistrado Román Jáquez Liranzo, declaró la nulidad de todas las decisiones adoptadas en esa reunión.

En esa reunión, encabezada por Federico Antún Batlle (Quique), se aprobó la designación de un nuevo Tribunal Disciplinario y que el método para escoger a las nuevas autoridades del PRSC sea una asamblea de delegados.

El TSE acogió una demanda en nulidad incoada el 7 de julio de 2017 por los dirigentes reformistas José Hazím Frappíer, Marino Collante Gómez, Víctor Bisonó Haza, Miguel Bogart Marra, Marino Berigüete, Joaquín Ricardo García, José Ramón González Pérez, María Rosa Belliard, Virgilio Augusto Álvarez Bonilla, Louis Bogaert Marra, Florentino Carvajal Suero, Víctor Reynaldo Lora Díaz, María Mercedes Fernández Cruz y Omar Eugenio de Marchena, contra la reunión del Directorio Presidencial del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), del sector encabezado por Federico Antún Batlle.

El TSE ordenó la ejecución provisional y sin fianza de sentencia, no obstante cualquier recurso, en virtud de las disposiciones del artículo 3 de la Ley 29-11, Orgánica del Tribunal Superior Electoral.

Dispuso que la sentencia sea notificada a las partes y a la Junta Central Electoral, vía Secretaría, y publicada en el Boletín Contencioso Electoral.

El TSE está integrado, además de Jáquez Liranzo, por Cristian Perdomo Hernández, Rafaelina Peralta Arias, Ramón Arístides Madera Arias y Santiago Salvador Sosa Castillo. La decisión contó con el voto disidente de la magistrada Cristian Perdomo Hernández.

Quórum de reunión En el fallo, el TSE señaló que los reformistas María Mercedes Fernández Cruz, Ornar Eugenio de Marchena, Félix María Vásquez Espinal y Rafaela Alburquerque, debieron ser considerados miembros de la matricula del Directorio Presidencial y tomados en cuenta para establecer el quórum de la reunión.

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