Santo Domingo 23°C/26°C thunderstorm with rain

Suscribete

DURANTE LAS ÚLTIMAS SEMANAS

SISALRIL recibe cerca de 100 denuncias de ARS que incumplen cobertura de medicamentos

INFORMÓ QUE SANCIONARÁ A LAS ARS QUE HAYAN INCUMPLIDO CON LA RESOLUCIÓN 375-02 DEL CNSS

Durante las últimas semanas, la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales ha recibido cerca de 100 reclamaciones y denuncias por el incumplimiento de algunas Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) en la cobertura de medicamentos ambulatorios.

Mediante un comunicado, la SISALRIL informó que sancionará a las ARS que hayan incumplido con la Resolución 375-02 del CNSS, la cual establece la atención integral en los grupos de alto costo y de cirugía del actual PDSS, el incremento de la cobertura de medicamentos ambulatorios y otros beneficios.

Aseguró que no es aceptable que se violen los derechos y beneficios correspondientes de la ciudadanía. “Es indispensable preservar los avances en la seguridad social y evitar que puedan ser afectados por intereses particulares, aunque estos puedan ser considerados legítimos”.

La institución especificó que las quejas han sido recibidas por la institución de forma directa a través de su Oficina de Atención al Usuario, del Call Center de la SISALRIL, y en su mayoría, por vía de la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA).

“La SISALRIL investiga cada una de las denuncias y reclamos que recibe, cuando se comprueba que las personas reclamantes tienen razón, se exhorta a las ARS al cumplimiento y si no se cumplen se da inicio a procesos sancionatorios para las ARS que, no han dado cumplimiento a dicha Resolución, no obstante haberle sido demandado oportunamente por esta Superintendencia”, sostiene la entidad.

Destacó que solo el CNSS tiene la facultad legal de establecer los contenidos del Plan de Servicios de Salud (PDSS) y del Plan Básico de Salud (PBS) de las prestaciones que forman parte del mismo.

“Es una obligación de las ARS, así como de los Prestadores de Servicios de Salud, cumplir con las decisiones del CNSS con respecto al PDSS (PBS), y corresponde a la SISALRIL velar por el fiel cumplimiento de las mismas, en beneficio de los afiliados”.

Tags relacionados