La República

CAMINO ELECTORAL

Partidos con altos gastos en dietas y representación

HAY PARTIDOS QUE CONCENTRAN HASTA 60% DE PRESUPUESTO EN ESOS CONCEPTOS

Juan Eduardo ThomasSanto Domingo

Puede que el desembolso de RD$6,892,474 en gastos de representación del Partido Demócrata Popular (PDP) sea la cifra más llamativa en los informes de gastos de los partidos minoritarios del país, durante su participación en las pasadas elecciones presidenciales de 2012.

Ese monto representa 59.9% del total de recursos del Estado que recibió el PDP durante todo el año 2012, que fue de R$11,497,026.98. La organización, fundada en 1970, tiene por lema “El pueblo quiere cuartos, dinero para todo el mundo”.

Cerca le quedaría el Partido Liberal de la República Dominicana (La Estructura PLRD, hoy Liberal Reformista) con sus viáticos por RD$6,202,928.97 desde enero hasta mayo de 2012, en medio de un proceso electoral para seleccionar al Presidente de la República.

Esa misma agrupación política gastó en el mismo periodo RD$148,020.08 en dietas. Estas dos primeras agrupaciones políticas fueron aliadas al gobernante Partido de la Liberación Dominicana (PLD), que ejerce el poder desde el año 2004 y que ganó esas elecciones con 51.21% de los votos emitidos.

Si nos dedicáramos a elaborar un listado, una especie de ranking de los gastos por dietas y representación, entonces el Partido Humanista Dominicano (PHD) seguiría en la tabla con sus RD$2,008,540.67, consignados en su informe como gastos de representación durante los primeros nueve meses de 2012.

Similares gastos tuvo Alianza País, que presentó a Guillermo Moreno como candidato con una candidatura independiente en las elecciones presidenciales. Por concepto de dietas y gastos de representación la cifra de la agrupación política fue de RD$1,881,228.83.

En octubre de 2010, la JCE reglamentó el uso de los fondos públicos por parte de los partidos políticos, poniéndole topes específicos a sus principales gastos, y obligándoles a invertir 20% del dinero en años electorales en formación y capacitación política.

El 50% de lo recibido por el Estado, establece esa resolución, puede ser gastado por los partidos políticos en campañas electorales. El restante 30 por ciento debe dedicarse al desenvolvimiento o vida institucional de las organizaciones.

Para los años fuera de las elecciones los porcentajes permitidos a gastos varían: 35 por ciento debe ser dedicado para las elecciones internas; 20 por ciento destinado a la capacitación y formación política y 45 por ciento para su desenvolvimiento o vida institucional.

La JCE también le entregó a los partidos políticos sistemas contables y libros para llevar al día sus gastos y tener mejor ordenamiento en sus ingresos. Además, las intenciones del organismo electoral van dirigidas a poder agrupar y conocer en clasificaciones comunes el detalle de egresos de cada una de las agrupaciones del sistema democrático.

La legislación electoral dominicana condiciona la entrega de los recursos públicos a la presentación de informes que contengan el detalle de sus ingresos y egresos durante el año en cuestión, y autoriza a la Junta Central Electoral (JCE) a no entregar nuevas partidas económicas hasta tanto se rinda cuentas de los fondos entregados.

Los partidos políticos son auditados por la Cámara de Cuentas, institución que se ha vuelto constante en criticarles a las agrupaciones buena parte de sus gastos y de ordenamiento contable conforme a las leyes y tradiciones financieras del país.

El Partido Acción Liberal (PAL) también concentra gastos en dietas y viáticos por valor de RD$768,873.27. La Unión Demócrata Cristiana (UDC) registró en los primeros 6 meses de 2012 gastos por valor de RD$545,629.

El Partido Quisqueyano Demócrata Cristiano (PQDC) gastó al 31 de julio de 2012 RD$537,372 en viáticos dentro y fuera del país. Estas últimas tres agrupaciones políticas también fueron aliadas al Partido de la Liberación Dominicana (PLD).

Los fondos aportados por el Estado son auditados por la Cámara de Cuentas, que ha encontrado constantes inobservancias en todas las agrupaciones políticas en las disposiciones legales sobre compras y contratación de servicios y empleados.

La Ley Electoral, ni ninguna de sus modificaciones, regulan en qué deben gastarse los recursos que aporta el Estado dominicano como financiamiento a los partidos políticos, ni tampoco hace distinción en la distribución que deberían hacer las agrupaciones entre las diferentes candidaturas que presentan a los comicios. Esa distribución queda como una discreción entre las autoridades partidarias, y reglamentado son resoluciones de la Junta Central Electoral.

La repartición de los fondos públicos que hace el Estado dominicano a los partidos es asignada con 20% del total a las agrupaciones políticas que obtuvieron menos del 5% de los votos validos en los anteriores comicios, y 80%, el gran grueso del dinero, a las agrupaciones políticas consideradas como mayoritarias.

Ese 20% se reparte con una especie de incentivo a las pequeñas formacionesy el ocho por ciento recae sobre las agrupaciones en función de la cantidad de votos que hayan obtenido en las elecciones.

Obligatoriedad de información Una sentencia del Tribunal Constitucional, la 192-15, estableció que cualquier ciudadano tiene el derecho a solicitarle a una organización política informaciones relativas al manejo de sus cuentas, en atención del articulado de la Ley 200-04, de Libre Acceso a la Información Pública.

La sentencia del TC se basa también en el artículo 216 de la Constitución, que norma la organización de agrupaciones políticas con sujeción al respeto de la democracia interna, los principios de la Constitución y “la transparencia, de conformidad con la ley”.

El tribunal indica que la intención del constituyente fue establecer claramente que los partidos políticos son instituciones públicas, que reciben recursos del presupuesto general del Estado, por lo cual están en la obligatoriedad de rendir cuentas por sus gastos.

“No menos cierto es que el recurrente, al igual que cualquier ciudadano de a pie, tiene derecho a solicitar al Partido Demócrata Popular y al señor Nelson Didiez la información relativa al manejo de las cuentas, de gastos y egresos; es decir, a pedir cuenta de cómo y en qué se gasta el dinero del partido, conforme lo establece la Ley núm. 200-04, sobre Libre Acceso a la Información Pública”, cuenta la decisión sobre un conflicto del PDP y un ciudadano.

Supervisión disminuye al ser reconocidos La supervisión a los partidos políticos dominicanos disminuye una vez estos obtienen el reconocimiento político que les permite participar en los procesos electorales del país. De necesitar locales en cada municipio cabecera de provincia, presupuestos económicos y listados de directivas, además, de listados de afiliados, las organizaciones reconocidas se limitan a la presentación de informes financieros sobre los recursos públicos recibidos.

Es, por ejemplo, una de las quejas constantes de Fulgencio Severino, presidente del Movimiento Patria Todos, aun sin reconocer por la Junta Central Electoral (JCE).

Las agrupaciones que buscan ser reconocidas necesitan suministrar sus presupuestos de ingresos y gastos, aun cuando no son subvencionados por los fondos públicos. Y necesitan tener locales abiertos, con características bien específicas, para poder optar por el reconocimiento político y participar en las asambleas electorales.

FALTA DE SOPORTES EN LOS GASTOS La queja más común en las auditorías de la Cámara de Cuentas a los partidos políticos es que realizan pagos millonarios sin los soportes que justifiquen esos gastos.

Otra falencia es la presentación de estados financieros alejados de las normas contables públicas internacionales.

Las disposiciones para regulación a los partidos ya reconocidos suelen limitarse a la presentación de los informes financieros, que deben ser pormenorizados según la Ley Electoral, con el detalle de sus gastos e ingresos. No suelen presentar al mismo tiempo los informes con las especificidades requeridas, y en el caso de la supervisión de funcionamiento de sus locales y nóminas partidarias es prácticamente nula.

Fondos asignados 2016 RD$1,610,086,923.00 Asignados a minoritarios RD$322,017,384.60 PQDC RD$21,589,707.35 UDC RD$16,194,270.98 PHD RD$15,947,922.14 PAL RD$13,006,939.98 PLR (antes La Estructura) RD$10,947,569.39 PDP RD$10,441,210.13 Frente Amplio RD$9,816,083.41 Alianza País (Al País) RD$8,372,805.28

OBLIGADOS A DAR INFORMACIONES Asignación recursos financiamiento público Los partidos minoritarios reciben 20% de los fondos públicos asignados a las organizaciones políticas.

Para los presentes comicios, estas agrupaciones recibirán RD$322,017,384.60.

Sentencia del TC ¿Oficinas de libre acceso? La disposición 192-15 del Tribunal Constitucional dice que cualquier ciudadano del país puede pedirles información a los partidos políticos, sin importar que sea miembro, o no, de esa organización.

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