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Sistema tributario

Conozca los pasos para entrar al esquema de la facturación electrónica

La Ley 32-23 de Facturación Electrónica establece un cronograma que inicia en mayo 2024 hasta el 2026.

La DGII otorga un facturador gratuito a través de su portal de la web.Fuente externa

En República Dominicana, todo aquel con una relación de negocios está obligado a cumplir con los lineamientos del sistema fiscal y la nueva legislación que impone, mediante un esquema de plazos, la inscripción en la facturación electrónica.

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) facilita la inscripción de los contribuyentes personas físicas y jurídicas. Las fechas establecidas son mayo 2024 y 2026.

Puede hacerse de forma gratuita, pero hay requisitos que se deben agotar.

Para este proceso, Marguerite Brown, Socia de Impuestos y Servicios Legales de Deloitte República Dominicana, explicó los pasos que son necesarios agotar.

¿Cómo inscribirse en el facturador electrónico gratuito?, Brown indica que lo primero hacer la solicitud de autorización correspondiente, luego completar el Formulario de Solicitud para Uso del Facturador Gratuito de FE (FI-GDF-018) disponible en la página web de la DGII y remitirlo a la institución ya sea por correo o en el Centro de Asistencia al Contribuyente y/o Administraciones Locales.

Para enviar por correo escriba a facturacionelectronica@dgii.gov.do (escaneado, incluyendo los documentos anexos).

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Antes de deberá haber estado inscrito en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), tener una clave de acceso a la Oficina Virtual (OFV) y disponer de alguno de los dispositivos de seguridad para acceso a esta (Token, Tarjeta de Códigos o SoftToken).

También se debe tener autorización para emitir comprobantes fiscales (Alta NCF); estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, y disponer de certificado digital para procedimientos tributarios, emitido por una prestadora de servicios de confianza (entidad de certificación autorizada por el Indotel) que corresponda a la persona que actuará en representación del contribuyente. Asimismo, el contribuyente tiene que disponer de un computador o dispositivo móvil con servicio de internet, y no haber sido autorizado con anterioridad a emitir e-CF a través de un sistema diferente al facturador gratuito, manifestó Brown .

¿Cuáles son las ventajas de la factura electrónica, si la idea es no tener que pedir las cartas de retenciones?

Para Brown, entre las ventajas de la facturación electrónica se destacan:

.Reducción de costos de impresión y adquisición de papel, lo que acarrea un impacto positivo en el medio ambiente.

.Reducción de costos de almacenamiento físico de documentos.

.Reducción de costo de cumplimiento.

.Procesos administrativos más rápidos y eficientes.

.Optimización de tiempos y recursos.

.Automatización de procesos.

.Facilita el cumplimiento tributario.

.Facilita el comercio electrónico.

.Fomenta la competencia leal y equidad.

.Proporciona certeza jurídica tanto al emisor como al receptor del comprobante fiscal.

.Trazabilidad y certeza de la información.

.Estandariza relaciones comerciales electrónicas entre empresas.

.Mayor seguridad en el resguardo de los documentos.

Contenido de las cartas

La Socia de Impuestos y Servicios Legales de Deloitte República Dominicana, Brown, explica que respecto a las cartas de retención que debe entregar el agente de retención, es decir, la persona o empresa que ha retenido el importe de determinado impuesto que el contribuyente debe pagar a la DGII, no existe una ventaja significativa con respecto al modelo de facturación electrónica.

Además de la facilidad de la DGII, en el país hay empresas autorizadas por esta institución para que sean proveedores de servicios de factura electrónica.

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Cartas de retención

Estas cartas deben contener las siguientes informaciones:

Nombre y RNC del contribuyente objeto de la retención.

El o los impuestos retenidos.

El monto de la retención.

La base imponible sobre la cual se aplicó la retención.

El período o fecha al que corresponde la retención.

Fecha de pago.

El NCF utilizado en la facturación.

Firma y sello de la entidad retenedora.

“Si la carta de retención entregada cumple con el modelo descrito, podrá ser aceptada. Esto es un procedimiento interno del contribuyente, donde hace constar todas las informaciones concernientes a las retenciones en una operación.