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¿Qué condiciones deben cumplir los servidores públicos de carrera para ser ascendidos o promovidos?

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Lilian TejedaSanto Domingo, RD

El presidente Luis Abinader promulgó esta semana el reglamento que establece las condiciones para los ascensos y promociones de los servidores públicos de carrera, cuyos puestos en el Estado son permanentes.

Conforme al decreto 262-21, del 23 de abril de este 2021, la promoción de los funcionarios que forman parte de esa categoría se fundamentará en el mérito personal y se hará en base a los siguientes criterios:

El resultado de las dos últimas evaluaciones consecutivas de desempeño del servidor debe haber sido superior al promedio o sobresaliente; debe poseer las competencias necesarias para el cargo al cual aspira; no debe haber recibido sanciones disciplinarias en los últimos dos años ni estar incurso en un procedimiento disciplinario; y debe haber completado la cantidad de horas de formación requeridas para la promoción.

Para obtener un ascenso, el servidor público debe ser titular de un cargo de carrera administrativa y sus calificaciones de las últimas tres evaluaciones consecutivas de desempeño también deben ser superior al promedio o sobresalientes; debe poseer las competencias y cumplir con los requerimientos del perfil del cargo vacante; tampoco debe haber sido sancionado en los últimos dos años y debe haber recibido la capacitación requerida para el puesto al que aplica.

Diferencia entre promoción y ascenso

Conforme al decreto, la promoción es el movimiento dentro de la misma institución de un servidor público a un cargo de su mismo grupo ocupacional con mayores requerimientos, conocimientos y responsabilidad.

El ascenso se trata del movimiento a un cargo correspondiente a un grupo ocupacional de un nivel superior al que la persona ocupa. En este caso los servidores públicos de carrera pueden aplicar a un ascenso tanto dentro de la institución a la que pertenecen como fuera de ella.

Sin embargo, el decreto precisa que las vacantes que se produzcan en los cargos de carrera de los entes y organismos de la Administración del Estado deben ser cubiertas primero por concursos internos.

El decreto establece además que el servidor público designado para ocupar un cargo de carrera administrativa como consecuencia de un ascenso será nombrado de manera provisional por un año, como período de prueba.

Al finalizar este tiempo será evaluado y si en su evaluación de desempeño obtiene una calificación del 75% o más es que será nombrado definitivamente.