Santo Domingo 25°C/25°C few clouds

Suscribete

Enfoque

Impacto de la Covid-19 en el transporte aéreo

Avatar del Listín Diario
Vitelio Mejía OrtizSanto Domingo, RD

En mi entrega an­terior me referí a la crisis genera­da por el corona­virus Covid-19 en el sector transporte aéreo, enumerando las dificultades y cuantificando el impacto eco­nómico. Procede ahora que entremos en el análisis de qué han hecho las institucionales internacionales y nacionales que gobiernan el transporte aéreo en relación con esa pro­blemática.

Básicamente el transpor­te Aéreo se gobierna interna­cionalmente por la OACI que son las siglas de La Organiza­ción de Aviación Civil Interna­cional, creada en el acuerdo de Chicago de 1944 es un or­ganismo de Naciones Unidas con 192 estados miembros, con sus capítulos regionales, que para el caso nuestro lo es la Comisión Latinoamerica­na de Aviación Civil (CLAC). También inciden en el desen­volvimiento del transporte aé­reo otras entidades como la IATA (la Asociación Interna­cional de Transporte Aéreo) fundada en 1945 y formada por 290 compañías aéreas.

En lo que respecta al sec­tor aeroportuario, el organis­mo que aglutina a los opera­dores de aeropuertos es el ACI (Consejo Internacional de Ae­ropuertos) y sus capítulos re­gionales, que en lo que a no­sotros respecta lo es ACI-LAC (Consejo Internacional de Ae­ropuertos-Latinoamérica).

Estos organismos han es­tado bien activos en la vigi­lancia de la Covid-19 y sus consecuencias, y en el plan­teamiento de soluciones para mitigar su impacto y propiciar una reapertura de las activi­dades de transporte aéreo se­guras y eficientes.

El Consejo de la OACI de­signó un grupo de tarea para la recuperación de la Aviación (CART).

Este grupo de trabajo pro­dujo el 27 de mayo su infor­me con extensas recomen­daciones bajo el título de Take-off (despegue) que pro­pone un enfoque escalonado para la reactivación de la avia­ción e identifica una serie de medidas de aplicación gene­ral, entre las cuales destacan el distanciamiento físico, uso de mascarillas y protectores facia­les, limpieza y desinfección de áreas en las aeronaves y aero­puertos, detección del estado de salud de los pasajeros, medi­ción de temperatura corporal y reglamentación para el uso de baños, etc.

El documento es extenso y detalla todas las medidas a ser implementadas en aeronaves y aeropuertos. Por el momento son recomendaciones, aunque por su naturaleza deben ser im­perativas, y en caso de que se conviertan en normas deberán ser propuestas a los estados co­mo modificaciones al Anexo 9 del Convenio de Chicago.

A raíz del SARS se formalizó entre OACI, OMS, IATA, junto con otras entidades, un acuer­do de colaboración inter-insti­tucional denominado CAPSCA, que tiene por objetivo la reduc­ción del riesgo en la propaga­ción de enfermedades transmi­sibles a través de los pasajeros aéreos y mitigar los efectos de tales enfermedades, acuerdo que se fue implementando es­calonadamente en cada región de la OACI, empezando en Asia en septiembre de 2006, y que a la fecha constituye un eficiente instrumento, tanto normativo como operativo, para enfren­tar los retos de la Covid-19 al reinicio de las operaciones aé­reas. En 2007 entró en vigor el Reglamento Sanitario Interna­cional RCI-2005, que dispone medidas sanitarias ordinarias y extraordinarias para mitigar la propagación de enfermedades a nivel internacional y en el que participan todas las entidades de transporte aéreo y de salud internacional, entre otras. IATA ha emitido su Guía para Opera­ciones en Cabina de Pasajeros durante y post pandemia, que en mucho coincide con las re­comendaciones de OACI, aun­que su énfasis mayor es en el manejo de las operaciones en las aeronaves. IATA ha urgido además a los estados la imple­mentación de las directrices re­comendadas por el OACI.

Es importante retener que, como se ve, el transporte aéreo es una de las actividades más reguladas y, por tanto, más se­guras, incluyendo los controles sanitarios para prevenir la pro­pagación de enfermedades. Es preciso que nos detengamos ahora a dar una mirada a la si­tuación en República Domini­cana.Como signataria del Con­venio de Chicago y miembro de la OACI, la República Domini­cana está comprometida con el cumplimiento de las normas internacionales de la aviación civil internacional.

En el plano local, el transpor­te aéreo está regido en nuestro país por la Junta de Aviación Ci­vil (JAC) que organiza y regula los aspectos económicos, jurí­dicos y la política superior de la aviación civil, y el Instituto Do­minicano de Aviación Civil, que es un ente público técnico y es­pecializado y que está a cargo de la supervisión y control de los as­pectos técnicos y de seguridad operacional de la aviación civil.

En los aspectos relativos a las infraestructuras aero­portuarias, las instituciones que las regulan en la Repúbli­ca Dominicana son la Comi­sión Aeroportuaria y su órgano Ejecutivo, el Departamento Ae­roportuario, así como el Cuer­po Especializado de Seguridad Aeroportuaria y la Aviación Ci­vil (CESAC) adscrito al Minis­terio de Defensa. El 31 de mar­zo de 2020 el IDAC publicó su circular de información aero­náutica, la A03-20, mediante la cual se dispone que los puertos de entrada de pasajeros prove­nientes de todas las regiones afectadas de la Covid-19 serían los Aeropuertos Internaciona­les de Las Américas y de Punta Cana, señalando los procedi­mientos a seguir en caso de sos­pecha de contagio de algún pa­sajero.

A principios de abril el IDAC emitió su orden No. 001-2020, mediante la cual ofrece facili­dades especiales a los usuarios en ocasión de las circunstancias de la Covid-19. Esto es funda­mentalmente para usuarios de los servicios que presta el IDAC a tenedores de licencias y habi­litaciones aeronáuticas.

En el aspecto Aeroportuario, República Dominicana es uno de los países mejor dotados de la región, con 8 aeropuertos internacionales de reconocida eficiencia y alto estándar ope­rativo, que están en capacidad de servir con los más exigentes parámetros de security y facili­tación el tráfico aéreo de pasa­jeros (étnicos, turistas y nego­cios) y cargas que se generan actualmente y que se puedan generar en el futuro desde y hacia la República Dominica­na. Nuestros operadores aero­portuarios se manejan con to­tal apego a las normas vigentes que rigen el transporte aéreo y en estrecha colaboración con las entidades nacionales e in­ternacionales que gobiernan esa actividad, circunstancia que será determinante para que Re­pública Dominicana pueda ser considerado un país seguro pa­ra las operaciones de transpor­te aéreo a partir de su reinicio.

Del lado público es también necesario descartar el excelen­te desempeño de la Comisión Aeroportuaria y su órgano eje­cutivo, el Departamento Aero­portuario, así como del Cuerpo Especializado de Seguridad Ae­roportuaria y de la Aviación Ci­vil (CESAC). Estos organismos norman y supervisan la seguri­dad en la operatividad de nues­tros aeropuertos y trabajan de la mano con los organismos internacionales que rigen el transporte aéreo y con los ope­radores aeroportuarios.

El trabajo de estos entes pú­blicos ha sido reconocido na­cional e internacionalmente. Repetimos que estos factores garantizan que nuestros aero­puertos serán seguros y confia­bles para el momento en que se reabran las operaciones.

En general, la Autoridad Ae­ronáutica y Aeroportuaria Do­minicanas y nuestros operado­res aeroportuarios están listos para asumir el reinicio de las operaciones de transporte aé­reo dentro de las normas que ri­jan esa apertura.

A modo de cierre o conclu­sión, me permito resaltar lo si­guiente:

En lo que respecta a la reac­tivación de las operaciones de transporte aéreo se han adop­tado a nivel nacional e inter­nacional todas las previsiones útiles o necesarias para la segu­ridad de la salud de los pasaje­ros a nivel global.

No obstante la imple­mentación de esas medidas, la situación no se revertirá automáticamente, sino que ne­cesariamente serán determi­nantes la confianza de los pa­sajeros en los protocolos y sus resultados, la mejoría de su po­der adquisitivo, y por qué no la posibilidad de abaratamiento del costo en los pasajes aéreos.

En términos particulares, República Dominicana estará a la altura de los destinos ae­roportuarios más seguros en materia sanitaria y de salud si­guiendo los protocolos vigentes al momento de la reapertura.

Estas garantías serán determi­nantes para la recuperación gra­dual de la confianza de los viaje­ros, sobre todos los de carácter opcional como los turistas.

Está experiencia negativa de la Covid-19, conjugada con nuestra condición de isla, hace necesario que el sector priva­do y los órganos estatales com­petentes aúnen esfuerzos para el fomento de una Línea Aé­rea Nacional que nos manten­ga conectados al mundo por nuestros propios medios. En este aspecto es necesario que la administración entienda que esa línea nacional debe ser be­neficiaria de consideraciones fiscales que le garanticen nive­les de competitividad efectiva con las líneas extranjeras y que permita al pasajero dominica­no viajar a menor costo, aspec­to que también será necesario para fomentar la reactivación del tráfico dado los efectos de la Covid-19 en las economías per­sonales y familiares.

De igual modo, el ente esta­tal haría bien iniciar un diálogo con los operadores de nuestros aeropuertos internacionales y revisar con ellos la aplicabili­dad de las cláusulas de Fuerza Mayor y Equilibrio Económi­co contenidas en sus contratos, para procurar mecanismos de consenso que permitan a di­chos operadores remontar los efectos de la crisis.

Es inexorablemente necesa­rio que la autoridad sanitaria nacional identifique mecanis­mos de control para los pasaje­ros que lleguen al país distintos del encerramiento, que, como hemos dicho, sería una dificul­tad con la que los pasajeros no están dispuestos a lidiar.

El elemento positivo a desta­car es que, dado su alto grado de regulación y el trabajo eficien­te y oportuno que con relación a la calamidad de la Covid-19 han realizado los organismos que ri­gen la materia a nivel mundial y nacional, el transporte aéreo se­guirá siendo un medio seguro de movilidad, incluyendo la pre­servación de la seguridad sanita­ria y, por tanto, de la salud de los usuarios del servicio.

El autor es experto en Derecho Aeronáuti­co y Aeroportuario, so­cio de Pellerano & Herrera a cargo de esa práctica.

Tags relacionados