Santo Domingo 23°C/26°C thunderstorm with rain

Suscribete

Coronavirus

El Consejo de Unidad Sindical expresa preocupación por suspensiones sin paga

Los sindicalistas apelan a una convocatoria urgente del Gobierno y empresarios

Avatar del Listín Diario
Cándida AcostaSanto Domingo, RD

El Consejo Nacional de Unidad Sindical (CNUS) apeló hoy a que el Gobierno haga una convocatoria general que incluya a los empleadores y principales líderes de gremios empresariales como el Consejo Nacional de la Empresa Privada (Conep); la Confederación Patronal de República Dominicana (Copardom); la Asociación Nacional de Hoteles y Turismo (Asonahores), y sindicalistas y el sector estatal para tratar el artículo 51 del código laboral y la resolución del subsidio por enfermedad común frente a la pandemia viral COVID-19.

Rafael Abreu-Pepe, presidente del CNUS, manifestó la gran preocupación del sector sindical del país, debido a que el código laboral dominicano permite la suspensión de los trabajadores por hasta 90 días sin pago, “aunque el contrato de trabajo no se rompa”.

Sin embargo, explicó, esa situación traerá carencias en las familias y, en lugar se proteger al trabajador en condiciones de salud le traerá un problema social y económico, porque el Estado no va a poder proveerlo todo.

Abreu llamó al Ministerio de Trabajo a que juegue su rol y convoque al Conep y a los diversos sindicatos para tratar ese tema específico del coronavirus.

Asegura que según informes llegados al CNUS, hay empresas que no están adoptando las previsiones reales que solo están colocando gel con alcohol (manitas limpias), pero mantienen las aglomeraciones de personas y eso puede generar un estado de difícil situación en el que hay que tener cuidado.

Insiste en que es oportuno que estos sectores se reúnan y que como un paso importante se contemple eliminar la resolución por enfermedad común.

Sostuvo que el CNUS tiene reportes de afiliados en el área hotelera que han sido enviados a sus casas por 15 días, sin paga, como un acuerdo entre ellos sin que sea autorizado por el Ministerio de Trabajo.

En República Dominicana, en casos de pandemia como el actual coronavirus COVID-19, el Código Laboral permite la suspensión temporal por licencia médica de los trabajadores enfermos entre 30 días hasta 90 días sin disfrute de sueldo.

También contempla el establecimiento de una resolución que fue adoptada por el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNS), la cual aplica un subsidio por enfermedad común de entre un 40% a 60% si la licencia médica es ambulatoria o no.

El grupo de empleadores analiza los escenarios del artículo 51 que, en primer lugar recomienda la suspensión de hasta todo el personal de una empresa, incluyendo al personal administrativo.

Escenarios para la suspensión:

1.- El caso fortuito o de fuerza mayor, siempre y cuando tenga como consecuencia necesaria, inmediata y directa la interrupción temporal de las faenas.

2.-La falta o insuficiencia de materia prima siempre que no sea imputada al empleador.

3.-La falta de fondos para la continuación normal de los trabajos, si el empleador justifica plenamente la imposibilidad de obtenerlos.

4.-El exceso de producción con relación a la situación económica la empresa y a las condiciones del mercado.

5.-La inconsteabilidad de la explotación de la empresa.

Tags relacionados