Congreso CIEL 2019

Hay que asegurar que los de menos recursos tengan activos

Profesora Katharina Pistor, catedrática de Columbia Law School, Columbia University.

Profesora Katharina Pistor, catedrática de Columbia Law School, Columbia University.

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Cándida AcostaSanto Domingo, RD

República Dominicana fue escenario de la segunda edición bienal del Congreso de Estrategias Legales (CIEL 2019), con la participación de expertos internacionales como la profesora de Derecho Comparado de la Universidad de Columbia, EE.UU., Katharina Pistor, articulista y escritora de varios libros, entre ellos el codiciado “El Código del Capital”, una obra sobre temas de la globalización, tomando como base teorías de Thomas Piketty y planteamientos en los que objeta posiciones del Banco Mundial y del Fondo Monetario Internacional (FMI).

La profesora Pistor visitó el país por primera vez, pero aseguró que volverá. Accedió a explicar detalles importantes a Listín Diario.

¿Podría usted explicarnos argumentos de su libro The Code of Capital (El Código del Capital)?

El principal argumento del libro es sugerir que el capital está codificado - programado- en el derecho. Es decir, que el capital no existe fuera del sistema legal y que ciertas instituciones del Derecho Privado -las llamo los módulos del código del capital- pueden ser utilizadas para codificar prácticamente cualquier activo como capital. Los módulos que hemos estado utilizando para codificar el capital son instituciones como el derecho contractual, los derechos de propiedad, derecho de las garantías, derecho corporativo y de sociedades comerciales, el derecho de común inglés de los trusts (una figura similar al fideicomiso) y el derecho de quiebras y la reestructuración mercantil.

¿Hay otras instituciones para codificar el capital?

Existen otras instituciones, pero estas son las instituciones más importantes del Derecho, y lo que hacen, la funcionalidad de estas instituciones es que inyectan o injertan ciertos atributos a los activos. A veces me gusta decir que ponen a los activos en una especie de “esteroides jurídicos”. Los esteroides que necesitan estos activos para convertirse en capital son primero, la prioridad. El titular del activo tiene reclamos de prioridad, con relación a reclamaciones concurrentes. Segundo, la durabilidad. Las prerrogativas deben de ser duraderas para que el capital pueda incubarse y crecer con el tiempo. Tercero, la universalidad. Es decir, estas atribuciones deben de ser universalmente ejecutables contra cualquier persona que se presente, no solamente entre las partes privadas, sino contra cualquier persona (erga omnes, como decimos en latín). Por último, especialmente para los activos financieros, necesitamos la convertibilidad, que no es más que la habilidad para convertir nuestros activos de capital en algo que mantenga su valor, y permita retener (o encadenar) valor pasado.

¿Cómo hacerlo?

La manera de hacer esto es convertirlo en dinero emitido por el Estado. Entonces, los cuatro atributos son prioridad, durabilidad, universalidad y convertibilidad. Básicamente, lo que digo en la forma más simple es que podemos tomar cualquier activo, objeto, acreencia o cualquier idea y al injertarle estos atributos al activo, este puede convertirse de un simple activo a un activo de capital, a su vez, haciéndolo más seguro y dándole mayores habilidades para incubar riquezas con el tiempo. No es absoluto, es relativo, pero es importante.

¿Cómo podrían esas ideas de su libro ser aprovechadas en RD?

Usualmente se requiere de un abogado que pueda asesorar sobre cómo codificar o programar un activo con estos atributos. El abogado procederá a instrumentar un documento, un contrato, o el abogado constituirá una sociedad comercial o un trust de la Common Law (la figura que busca replicar el fideicomiso), para que se puedan escudar los activos e injertarles estos atributos legales a los activos, con la expectativa de que estos atributos sean reconocidos por un tribunal de justicia. Lo que se busca es asegurar que otras personas comprarán y negociarán estos activos porque tienen alguna garantía o expectativas de que los activos podrán ejecutarse en un futuro.

Si los abogados pueden codificar o programar el capital, ¿las naciones podrían tratar de programar el desarrollo económico, el Estado de Derecho o la competitividad?

Me refiero más a una codificación o programación, similar a la programación informática. El libro trata sobre cómo se ha creado la riqueza privada. Cómo los particulares, como titulares de activos privados tienen acceso al derecho a través de los abogados, principalmente a través de abogados privados, quienes los han ayudado a codificar sus activos con los atributos citados, a su vez, creando patrimonios de riqueza individual. En general, pienso que esto ha ayudado a crear grandes riquezas, pero la distribución de esta riqueza ha sido muy desigual. La pregunta es si queremos distribuir la creación de riquezas, es decir, que no solamente los ricos tengan acceso a los mejores abogados programadores de riqueza, pero teniendo a personas de ingresos moderados teniendo acceso al derecho. No creo que es una cuestión de legislación necesariamente, sino de asegurarse de que las personas sepan y conozcan sobre la disponibilidad de ciertas protecciones legales - como la responsabilidad limitada - y que tengan acceso a algún tipo de codificación legal para que puedan proteger su propia riqueza moderada de una manera similar. Porque sin estas protecciones legales, las personas quedan vulnerables a las crisis y recesiones económicas. Creo que la clave es hacer que estos atributos y estrategias de programación o codificación legal estén más ampliamente disponibles para crear activos para personas con menos recursos, para que puedan depender de dichos activos durante recesiones económicas.

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