Santo Domingo 23°C/26°C thunderstorm with rain

Suscribete

LO DIJO MAGÍN DÍAZ

Contribuyentes podrán actualizar el RNC de forma automática por la Oficina Virtual de DGII

EN ALMUERZO CÁMARA AMERICANA

Avatar del Listín Diario
Cándida AcostaSanto Domingo, RD

“Próximamente, la DGII contará, entre otras mejoras, con un Módulo de Modificación del RNC por Oficina Virtual a través del cual el contribuyente podrá actualizar sus datos básicos y obtendrá la aprobación en línea de forma automática. Hoy día molestosamente estas solicitudes deben ser depositadas de forma física y tienen un tiempo de respuesta de 25 días laborables”.

La información fue ofrecida por el director general de Impuestos Internos, Magín Díaz, durante su comparecencia como orador invitado al tradicional Almuerzo mensual de la Cámara Americana de Comercio (AmchamDR), en el hotel El Embajador.

El RNC facilita el cumplimiento tributario de las personas físicas que trabajan para terceros o por cuenta propia hacen negocios de único dueño, como también jurídicas o empresas que realizan operaciones con transcendencia tributaria. Mediante el RNC, la DGII conoce adonde se ubican y a qué se dedican las personas y las empresas.

El titular de la DGII aseguró que en la institución se está trabajando “arduamente para, en un plazo corto, tener completamente modernizado y descentralizado el RNC, incluyendo la automatización de todos los procesos, como inscripción y actualización; todo en un entorno virtual que ahorrará tiempo tanto a los ciudadanos como a la Administración Tributaria”.

A la fecha, dijo, ya se encuentra actualizado el RNC de los Grandes Contribuyentes Nacionales, Grandes Locales y otros considerados de alto impacto fiscal, los cuales representan un 96.91% de la recaudación total.

Manifestó como uno de los logros alcanzados por la administración, la reducción del tiempo promedio de respuesta para las solicitudes de inscripción al RNC recibidas por la vía presencial, de 9 a 3.6 días laborables en promedio.

Detalles que explica la DGII sobre el RNC, en su portal www.dgii.gov.do:

Contenido de la página

????El Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) es un número que se utiliza como código de identificación de los contribuyentes en sus actividades fiscales y como control de la administración para dar seguimiento al cumplimiento de los deberes y derechos de estos. ?

¿Quiénes deben inscribirse al RNC?

*Las Personas Físicas (profesionales y personas que prestan servicios de manera independiente).

*Las Personas Jurídicas (compañías legalmente constituidas, sociedades extranjeras, Instituciones sin Fines de Lucro, sociedades con persona jurídica en virtud de leyes especiales).

*Sucesiones indivisas y extranjeros sin Cédula de Identidad que realicen actividades comerciales o presten servicios en territorio dominicano.

¿Dónde debe aparecer el RNC?

El número de RNC debe aparecer de manera visible y claramente identificable en todos los documentos impresos que el contribuyente utilice en sus operaciones, tales como: Papeles con membrete, Comprobantes Fiscales u Órdenes de compra o pedidos, entre otros.

Los Comprobantes Fiscales que sustenten gastos y que no tengan impreso el número de RNC, no podrán ser utilizados como deducibles del ISR, ni como adelanto del ITBIS en compras locales y servicios.

¿Para qué es necesario el RNC?

*Operar como negocio o ejercer una profesión o un oficio de manera independiente.

*Solicitar y emitir comprobantes fiscales.

*Declarar y pagar impuestos.

*Obtener la clave de acceso de la Oficina virtual? de Impuestos Internos.

*Realizar todas las actividades ante Impuestos Internos.

*Para realizar sus actividades económicas.

Inicio de actividades

Es la fecha a partir de la cual el contribuyente declara a Impuestos Internos que comenzará sus operaciones generadoras de obligaciones o responsabilidades fiscales y en consecuencia, a partir de la cual deberá cumplir con todas las obligaciones establecidas en el Código Tributario. Dicha fecha nunca podrá exceder de 60 días contados desde la fecha de solicitud del mismo.

¿Deben actualizarse los datos del RNC?

Se debe notificar a Impuestos Internos cualquier cambio realizado con respecto a los datos suministrados al momento del llenado del formulario de inscripción, para su actualización. Esta notificación de solicitud de cambio puede ser realizada en el Centro de Atención al Contribuyente en la Oficina Principal de Impuestos Internos, o en la Administración Local que corresponda al contribuyente, utilizando el Formulario RC-01? para Personas Físicas y el RC-02? para Personas Jurídicas (anexos si es necesario).

Inactivación

Impuestos Internos procederá a inactivar el RNC de los contribuyentes cuando no realicen la declaración de ningún tipo de impuesto durante tres ejercicios fiscales consecutivos.

Si se verifica que el domicilio fiscal registrado no corresponde al domicilio social o al principal establecimiento de la empresa.

Cuando se compruebe que el contribuyente incurrió en una o varias de las faltas o delitos estipulados en el Código Tributario Dominicano.

Para evitar la inactivación del RNC los contribuyentes deberán:

*Registrar todas su operaciones.

*Presentar declaraciones informativas (cuando no efectúen sus operaciones).

*Solicitar la cesación del RNC según los requisitos establecidos.

*Informar sobre las modificaciones a los datos del domicilio fiscal: calle, número, sector, provincia.

*Para habilitar el RNC inactivo, el contribuyente deberá pagar las sanciones o multas que se apliquen al efecto de conformidad con las disposiciones del Artículo 257 del Código Tributario.?

Tags relacionados