Medida de Aduanas
A partir del 1 de julio no se podrán importar vehículos con año anterior al 2013
Todos los vehículos usados, incluyendo los del año 2013, que se importen después del 30 de este mes serán considerados con seis años de fabricación y por tanto se prohibirá su introducción al país de conformidad con lo que establecen las leyes dominicanas, según la Dirección General de Aduanas (DGA).
La DGA recordó que la fecha de culminación del año vehicular, aplicablle a la importación de vehículos usados, con un máximo de cinco años de fabricación, es cada 30 de junio.
Según la DGA, la medida es en cumplimiento a lo establecido en el artículo 179 de la Ley 63-17, sobre Movilidad Transporte Terrestres y Seguridad Vial, asimismo, al Artículo 2 de la Ley 04-07, de fecha 8 de enero de 2007, que modifica la Ley 495 del 2006 sobre Rectificación Fiscal “que prohíbe la importación de vehículos con más de cinco años de fabricación comprendidos en las partidas arancelarias núm. 87-02, 87.03 y en las subpartidas núm. 8704.21 y 8704.31”.
Esta disposición no aplicará a las importaciones de vehículos consignados a las misiones diplomáticas y consulares u organismos internacionales acreditados en el país.
Asimismo, la DGA recuerda que de conformidad con la Ley 63-13 y el Decreto 671-02, está prohibida la entrada de vehículos de salvamento o que no estén aptos para circular en el país de procedencia.