Economia & Negocios

ANTEPROYECTO DE LEY

Someten amnistía patrimonial

Proyecto. Abarca los bienes suceptibles de declaración o revalorización patrimonial, la tenencia de moneda nacional y extranjera mediante declaración de su depósito en una entidad regulada, inmuebles y muebles y cualquier patrimonio que implique reducción de activos.

Este lunes el Poder Ejecutivo envió al Senado de la República un proyecto de ley de declaración patrimonial y revalorización, una especie de amnistía fiscal que establece un régimen tributario especial transitorio para que las personas y empresas transparenten sus bienes inmuebles no declarados ante la administración fiscal.

El impuesto especial sobre el valor de los bienes declarados de forma voluntaria fue fijado en un pago único y definitivo de un 3% sobre el valor declarado en el caso de los inmuebles y una tasa de 5% sobre otros activos.

La medida había sido un reclamo de expertos en tributación, a fin de que las personas y empresas transparenten sus bienes, ahora que está en vigor la Ley 155-17, contra el Lavado de Actvos y Financiamiento del Terrorismo, que incluye como precedente el delito tributario.

La tasa de tributación está contenida en el artículo 6 del párrafo II del anteproyecto de ley numerado 00769, al ser recibido el lunes, pasadas las 2 de la tarde. Quedan excluidos los vehículos de motor, bienes o activos adquiridos producto de actividades ilícitas, dinero depositado en países de alto riesgo o cualquier otro bien o activo que establezca la DGII mediante norma. Durante un desayuno en Listín Diario, el director general de Impuestos Internos (DGII), Magín Díaz, dijo que el Gobierno presentaría ante el Congreso Nacional un proyecto de ley de “sincerización patrimonial”, que permitirá a los contribuyentes regular con transparencia sus bienes.

El funcionario explicó que este mecanismo se ha aplicado en los países donde se han aprobado leyes contra el lavado de activos, como Argentina y en otros.

“En las próximas semanas el Gobierno va a someter un proyecto de sincerización patrimonial donde se va a poder reportar pagando una tasa menor de lo que dice el Código, para que la gente sincerice su patrimonio, ya sea dinero, propiedades, etcétera”, recalcó el director general de la DGII en ese momento, y quien aseguró que estaban muy avanzadas las discusiones internas entre las autoridades del Gobierno.

Previo a la exposición del director general de la DGII, especialistas tributarios habían planteado que se incluya en el proyecto de regularización tributaria y revalorización patrimonial, que el Gobierno pretende someter ante el Congreso de la República, la anulación de todas las rectificativas (correcciones) dispuestas por Impuestos Internos en las declaraciones de los contribuyentes con deudas pendientes.

Plantearon “dejar sin efecto el resultado de las obligaciones emanadas de estas y las resoluciones que les dieron origen”, sobre lo que se infiere que el planteamiento supone la inclusión de una amnistía.

Sugirieron que se apruebe permitir a los contribuyentes con deudas pendientes de períodos cerrados en 2017 y notificados, sanear su patrimonio disminuyendo sus activos, incluyendo activos y pasivos, acciones nominativas en los resultados acumulados de compañías “offshore” en el exterior, fideicomisos y otros patrimonios adquiridos antes del 1 de enero de 2018.

El monto que deberán pagar los contribuyentes, según estiman, por deudas pendientes de Impuesto Sobre la Renta y de ITBIS deberá ser de un monto único sin recargos ni intereses en los primeros 30 días de la autorización de la DGII.