Economia & Negocios

IMPORTACIÓN Y TRANSFERENCIA DE BIENES

Poder Ejecutivo reglamenta la aplicación del Título IV del Impuesto Selectivo al Consumo

El poder ejecutivo emitió el decreto número 1-18, un reglamento que indica la ejecución de las disposiciones generales para la aplicación del título IV del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC), que afectan a las empresas nacionales que importan mercancía para la fabricación o modificación de sus productos, o que transfieren bienes, según lo establece el artículo 375 del Código Tributario.

El reglamento aclara algunos conceptos tributarios para una mejor interpretación y aplicación tanto de las entidades vinculadas a la importación y su respectiva tributación, dígase el Ministerio de Hacienda, y la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y los tributantes, es decir, las empresas nacionales fabricantes e importadoras.

En el numeral 1 del artículo número 2 de dicho reglamento se establece que la “Admisión Temporal para perfeccionamiento activo”, es el régimen aduanero que permite recibir en el territorio dominicano con suspensión del pago a los tributos a la importación, mercancías procedentes del exterior o de otros regímenes aduaneros especiales destinadas a ser exportada dentro de un plazo establecido después de haber sufrido una trasformación, elaboración o reparación determinada.

Así mismo, el reglamento destaca que la “admisión temporal sin transformación o perfeccionamiento”, es el régimen aduanero que permite recibir en el territorio aduanero, con suspensión total o parcial de los tributos de importación, determinados bienes para un fin definido y su posterior embarque, en el plazo que determine la legislación aduaneras, sin que hubieran sufrido modificación, excepto su depreciación normal, debido al uso que se hubiera hecho de ellas.

Los demás artículos hacen referencia a la tipificación de diferentes productos que importan las empresas locales, que son utilizados como materia prima, o como componentes de los productos que aquí se fabrican.

De manera general el documento define los conceptos vinculados al proceso aduanero e importador.

Con la aplicación de este reglamento se busca también agilizar los trámites de importación, para fluidez y el despacho de mercancías a sus propietarios, así como mejorar la recaudación de acuerdo a lo que se importa.

Las especificaciones y limitaciones para importar productos, se realiza a fin de controlar lo que ingresa al país, así como para la protección de la producción nacional.

El reglamento que consta de 62 artículos fue dado el día 4 de enero del año en curso, y entrará en vigencia según lo que establece la Ley posterior a su publicación.