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EL PAÍS CUENTA CON 21 CORTES Y JUZGADOS LABORALES

El funcionamiento de los tribunales laborales de RD

Los despidos injustificados y el incumplimiento en el pago de las prestaciones son las demandas más comunes en estos tribunales

SANTO DOMINGO.- Los tribunales de trabajo son entidades jurídicas donde se discuten y solucionan los conflictos laborales que no pudieron ser resueltos mediante conciliación. Las jurisdicciones están constituidas por el Juzgado de Trabajo, que es el tribunal de primera instancia. A la vez está integrado por un juez que es designado por la Suprema Corte de Justicia y dos vocales que fungen como delegados sectoriales, uno representa al sector de los trabajadores y el otro al de los empleadores. Su papel es de conciliador, no participan en la elaboración de las sentencias, pero sin su presencia no se constituye el tribunal. Las decisiones que adopta el Juzgado de Trabajo son recurridas en apelación ante la Corte de Trabajo, entidad superior. Esto significa que las resoluciones que tome el tribunal inferior deben ser corregidas por el superior, conforme a los principios del derecho. El recurso de apelación se solicita cuando la demanda del trabajador excede de un monto de 10 salarios mínimos. Julio Aníbal Suárez, juez de la Suprema Corte de Justicia, explica que estos tribunales se caracterizan por la simpleza y rapidez con que se conocen los casos, a diferencia de los civiles. El proceso es simple, por lo que cualquier persona, aún sin abogado, puede recurrir al tribunal. “El Código le permite, tanto al empleador como al trabajador, que no sepa redactar una demanda, ir a la secretaría del tribunal para recibir el servicio gratuitamente”, afirma. Las resoluciones de la Corte de Trabajo, a su vez, son conocidas en casación ante la Suprema Corte de Justicia. El recurso de casación es un medio extraordinario que anula una sentencia judicial que contiene una incorrecta aplicación de la ley o interpretación. Es contra la decisión de los jueces y no contra las partes. La diferencia entre estas instancias es que en el Juzgado y en la Corte de Trabajo se conocen los hechos y en la Suprema Corte de Justicia el derecho. Es aquí donde se determina si los jueces no han violado la ley, señala el juez. ProcedimientoLa demanda se deposita en el Juzgado de Trabajo junto con los documentos que se van a validar. Cuando el tribunal conoce la demanda lo primero que hace es iniciar un proceso de conciliación, es decir, la primera audiencia es de avenencia. Aníbal Suárez indica que el legislador se empeña primero en que las partes concilien y luego, de no llegar a un acuerdo, se recurre al tribunal. “Hay mucha preeminencia en el Código de Trabajo para fomentar la conciliación”, dice el juez. Si se llega a un acuerdo, el resultado tiene el valor de una sentencia; si es caso contrario, se fija entonces una nueva audiencia. El trabajador tiene que buscar un abogado para llevar su caso a los tribunales. Si carece de recursos, puede acudir al departamento de Asistencia Judicial de la Secretaría de Trabajo, donde se le ofrece asistencia gratuita. Conflictos frecuentesLos casos más comunes que se conocen en los juzgados de trabajo son por despidos injustificados, que ocurren cuando el empleador pone fin al contrato de trabajo alegando que el trabajador cometió una falta. Los patronos, en ocasiones, argumentan esto para evadir el pago de las prestaciones laborales. Si el trabajador demanda al empleador por esta causa y éste no la justifica, entonces debe pagar al trabajador una indemnización. Esto significa 21 días por derecho de cesantía por cada año y 28 días de preaviso, según el Código. Además, le corresponde, si va al tribunal, un día de salario a partir del momento de la demanda y hasta la sentencia, sin exceder de seis meses. Los casos de desahucio ocurren en menor proporción. Aquí el patrono está obligado al pago de la indemnización. Si no lo hace en los 10 días establecidos por ley, tiene que pagar un día de salario por cada día de retraso hasta que se produzca la liquidación. Aníbal Suárez señala que un conflicto permanente en el sector laboral es que mientras el empleador quiere que el trabajador labore más y pagarle menos, a su vez, el trabajador quiere laborar menos y tener mayor retribución. Esto se da porque: “La relación entre patronos y empleados son entre desiguales. Viven como en un matrimonio forzado: Luchan uno al otro, pero sin causa común”. DIFICULTADESNo toda la población dominicana tiene acceso a los tribunales de Trabajo. La razón no es económica ni por desconocimiento, es porque no están presentes en todo el territorio nacional y las cámaras civiles tienen que asumir estos casos sin la especialización adecuada. Julio Aníbal Suárez, juez de la Suprema Corte de Justicia, explica que son los Tribunales Civiles los que conocen los asuntos laborales en aquellos lugares donde existe poca actividad de trabajo. Advierte que esto es un problema porque las cortes civiles no están especializadas en el área. Esto ocurre en gran parte de la zona sur del país: Barahona, San Juan de La Maguana, Baní y en el Este, en Hato Mayor. Entre los Juzgados de Trabajo que funcionan en el país están el del Distrito Nacional, uno de los más grandes, ya que tiene seis salas, seis jueces y un presidente. También el de la provincia Santo Domingo, San Pedro de Macorís, La Romana, Higuey, El Seibo, Monseñor Nouel, Bonao; La Vega, provincia Duarte, Cotui; Espaillat, Moca; Santiago, Puerto Plata, San Francisco de Macorís y San Cristóbal. Las Cortes de Trabajo solo operan en el Distrito Nacional, provincia Santo Domingo, San Pedro de Macorís, La Vega, San Francisco de Macorís, Santiago y San Cristóbal.

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