Confi anza en informe

Comisión avanza hasta artículo 67 Ley Partidos

ESTUDIO. AÚN FALTAN 10 PARA ALCANZAR EL NÚMERO 77, ÚLTIMO DE LA PIEZA

Jornada. Momento de la sesión de ayer de la comisión bicameral que estudia el proyecto de Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas.

Jornada. Momento de la sesión de ayer de la comisión bicameral que estudia el proyecto de Ley de Partidos y Agrupaciones Políticas.

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Ramón Pérez ReyesSanto Domingo

La comisión bicameral que tiene a su cargo el estudio del proyecto de ley de Partidos y Agrupaciones Políticas se propone rendir informe en esta legislatura o en una extraordinaria, si es convocada por el Poder Ejecutivo.

Arístides Victoria Yeb, presidente de la comisión, explicó que en la reunión de ayer jueves se avanzó hasta el artículo 67 de la pieza legislativa, que tiene un total de 77 artículos.

Esta comisión tiene bajo estudio este proyecto preparado por la Junta Central Electoral, al igual que el del Régimen Electoral, con el propósito de que puedan normar las próximas elecciones.

“Confiamos en rendir informe antes de concluir esta legislatura y esperamos que se convoque a legislatura extraordinaria para su posterior aprobación”, expresó Victoria Yeb.

Los artículos conocidos este jueves se refieren a los requisitos para ostentar una precandidatura o candidatura; a escrutinio y proclamación; apropiación de fondos para las primarias; propaganda permitida; propaganda prohibida; así como los precandidatos y las fuentes de los ingresos.

En la reunión celebrada en el salón Polivalente del Senado, participaron además de Victoria Yeb, los senadores José Rafael Vargas, Félix Bautista, Santiago José Zorrilla, Charlie Mariotti, Rafael Calderón y Félix Nova.

También estuvieron presentes los diputados Víctor José D’Aza, Gustavo Sánchez, Radhamés Camacho, Mirian Cabral, Plutarco Pérez, Elías Serrulle, Héctor Peguero, Alfredo Pacheco, Fidel Santana, José González, Máximo Castro Silverio y Miguel Ángel Peguero.

El pasado lunes, la comisión avanzó sobre la Ley de Partidos hasta el artículo 52, que trata las prohibiciones de las campañas internas de las organizaciones políticas.

(+) LIMITACIONES DE CAMPAÑAS ELECTORALES Se acordó que en las precampañas “haya un límite de la propaganda política, que haya prohibición de propaganda radial y televisiva en los medios de comunicación y que las actividades sean realizadas bajo techo”.

También se regula el uso de los medios de comunicación, limitando a los precandidatos a participar en entrevistas o comparecencias, pero no propaganda a través de estos. Los delitos electrónicos, a través de las redes sociales en procesos internos y externos de los partidos, serán sancionados según la Ley de Delitos Electrónicos.

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