RESOLUCIÓN DE TRÁNSITO TERRESTRE
Establecen solo una persona podrá viajar en motocicletas
LA MEDIDA NO APLICA PARA AQUELLAS UNIDADES DE TRANSPORTE DE PASAJEROS

La medida. En los casos de las motocicletas que pueden transportar dos personas, tanto su conductor como el pasajero tienen que usar casco para protección de cabeza.
La Dirección General de Tránsito Terrestre prohibió ayer, mediante la resolución 02-16, que conductores de motocicletas transiten con otra persona en la parte trasera. La medida entrará en vigor a partir del próximo lunes.
Para adoptar la disposición, en la misma resolución, el organismo hace una clasificación de las motocicletas existentes en el país y las divide en tres grupos: las dedicadas al transporte de pasajeros (motoconcho), las dedicadas a mensajería en empresas públicas y privadas y las utilizadas por su propietario como medio de transporte individual.
La medida dispone que tanto el conductor como la persona que vaya en la parte trasera de la motocicleta deberán llevar casco protector.
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