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PREVENCIÓN

Difundir sexo de entre menores contempla prisión de 2 a 4 años

Marisol Tobar  y Julio Cury.

Marisol Tobar y Julio Cury.

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Ramón Cruz BenzánSanto Domingo

La Procuradora de Niños, Niñas, Adolescentes y Familia, Marisol Tobar, advirtió ayer que el Código del Menor sanciona con penas de reclusión de 2 a 4 años a las personas que fotografíen, filmen o publiquen escenas de sexo en las que intervengan niños o adolescentes.

La magistrada se refirió a vídeos publicados en las redes sociales de actos sexuales realizados por estudiantes en plenas aulas que han escandalizado a la sociedad.

Pidió a todas las instituciones del Estado unificarse para hacer un trabajo conjunto con los niños, niñas y adolescentes. La magistrada se quejó de que en una ocasión le propuso al Director de la Policía Escolar hacer un trabajo conjunto en las escuelas, pero que no tuvo respuesta.

Sanciones El abogado Julio Cury dijo que a todo niño, en virtud de los principios del interés superior y de prioridad absoluta que prevé el Código del Menor, el Estado y los particulares deben asegurarle el disfrute pleno y efectivo de sus derechos fundamentales, entre los que se incluye el derecho a la integridad personal, que comprende el respeto a su integridad moral y sexual. Manifestó que dicho texto legal prohíbe divulgar, a través de cualquier medio, la imagen de niños que afecten su desarrollo moral y psicológico, y más aún, su honor y su reputación, sancionándose en su artículo 408 con penas privativas de libertad entre uno y cinco años a las personas que presenten escenas de carácter pornográfico o de sexo.

Dijo que la Ley No. 53-07, sobre Delitos de Alta Tecnología, reputa pornografía infantil la representación de las actividades sexuales reales o simuladas de niños, contemplándose las mismas penas del indicado artículo 411 como sanción a su violación.

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