SEGURIDAD SOCIAL
TC ratifica derecho empleados privados para elegir una ARS
El Tribunal Constitucional ratificó el derecho que concede la ley 87-01 a los trabajadores privados formales e informales para elegir la administradora de riesgos de salud que prefieran.
El TC declaró que se ajustan a la Constitución los párrafos II y III de la ley 87-01, que otorgan libertad a los trabajadores del sector privado no subsidiado para que escojan la ARS de su preferencia. La Corte Constitucional consideró que esas disposiciones no violan los artículos 39, numeral 1, y 50, numeral 1, de la Constitución, que establecen los derechos a la igualdad y a la libertad de empresas, y prohíben el monopolio.
“En tal sentido, se puede evidenciar que el hecho de que la Ley núm. 87-01, sobre el Sistema Dominicano de Seguridad Social, en su artículo 31, párrafos II y III, en cuanto a que las Administradores del Riesgo de Salud tendrán a su cargo a todos los trabajadores del sector privado formal o informal, no vulnera el derecho a la igualdad ni al no establecimiento de monopolio”, estableció el TC en la sentencia 435/15.
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