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JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

Inexistencia jurídica

Mediante una acción de amparo, se perseguía la nulidad de una sentencia del Tribunal Constitucional y varios fallos del Poder Judicial con motivo de un conflicto por los derechos de una parcela.

El Tribunal Superior Administrativo declaró inadmisible el amparo, pero el Constitucional, aplicando varios precedentes, revocó ese fallo y declaró la acción “jurídicamente inexistente”, “en virtud del carácter irrevocable, definitivo y vinculante de sus decisiones”.

Reiteró el criterio de que procede “pronunciar la inexistencia jurídica de una acción o recurso constitucional en lugar de la nulidad, cuando la acción o recurso en cuestión carece de un elemento esencial para su viabilidad.” (TC-0249-21).

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