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DOSSIER DIPLOMÁTICO

Formación y eficaz representación

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Manuel Morales LamaSanto Domingo

En el escenario internacional contemporá­neo, la “diplo­macia organi­zada es la única institución capaz de garantizar en el exterior la representación permanente del Estado y la continuidad en la aten­ción de sus intereses” (De Icaza). Por tal razón se pue­de afirmar que los asuntos concernientes a las relacio­nes exteriores, y particu­larmente a las misiones di­plomáticas, demandan un manejo eminentemente profesional, en consonan­cia con la complejidad y di­versidad de las cuestiones que incluyen sus responsa­bilidades.

La trascendental impor­tancia adquirida por las rela­ciones internacionales a es­cala global ha sido un factor fundamental para la crea­ción y desarrollo, en los Mi­nisterios de Relaciones Exte­riores, de centros académicos que propician la formación, especialización y periódicas actualizaciones del personal designado en ellos (Servicio Exterior y Cancillería).

La labor, debidamente pla­nificada e ineludiblemente bien fundamentada, que de­ben realizar dichos centros permite sustentar adecua­damente las Carreras Diplo­máticas respectivas y resulta fundamental para asegurar la eficacia en la representación del Estado en cuestión, entre otros esenciales beneficios.

El calificativo “de Carre­ra”, en el ámbito del Dere­cho Diplomático se refiere, básicamente, a una estructu­ra jerarquizada en diferentes posiciones, rangos, grados o categorías que el funcionario, previa preparación y necesa­rios requerimientos, va esca­lando por un determinado sistema de ascensos.

Los referidos centros de formación deben garantizar que la selección de los “can­didatos” para el inicio de la mencionada Carrera se lleve a cabo mediante un estricto “concurso público nacional descentralizado”. Así se esta­blece en las legislaciones in­ternas de países que cuentan con prestigiosas Carreras. A dichos candidatos, luego de seleccionados suele requerír­seles aprobar un curso “bási­co de formación, con frecuen­cia a nivel de maestría”.

La Carrera Diplomática, de acuerdo con parámetros internacionales ampliamen­te reconocidos, se inicia al ob­tener el rango de Tercer Se­cretario (“rango menor” del escalafón de esa Carrera, de actual y “generalizada apro­bación”). Periódicamente, ca­da tres o cuatro años (“según su categoría”), mediante ri­gurosas evaluaciones y otros apropiados procedimientos, los designados como Terceros Secretarios podrán ascender paulatinamente a cada uno de los diversos rangos esta­blecidos en la Carrera, hasta llegar al “mayor rango” del escalafón precitado, general­mente al de Embajador.

Cabe señalar que en la Re­pública Dominicana, previo a la puesta en vigor de la ac­tual Ley Orgánica del Mi­nisterio de Relaciones Ex­teriores (Ley 630-16) que estableció nuevos reque­rimientos para la Carrera Diplomática, en virtud de acuerdos interinstituciona­les entre el Ministerio de Ad­ministración Pública (MAP) y el Ministerio de Relacio­nes Exteriores, se sometió a los funcionarios que habían adquirido la condición “de Carrera” (conforme a la en­tonces vigente ley 314-64) a un proceso de “validación de la Carrera”, como se ha hecho en otros países en cir­cunstancias semejantes, de acuerdo a requerimientos institucionales, académicos y personales, realizado con la activa participación de técnicos del MAP, cuyos re­sultados se hicieron paten­tes en el Decreto 366-12. Posteriormente a ello han sido emitidas resoluciones con propósitos semejantes.

Procede precisar, que en países donde se ha estable­cido dicha Carrera rigurosa­mente suele reservarse un cu­po de plazas de Embajadores (frecuentemente “median­te cuotas”), a fin de atender compromisos (con persona­lidades de renombre, de ca­rácter político, entre otros) de los respectivos Mandatarios. A estas misiones se les suele dotar como soporte de fun­cionarios de Carrera con ca­pacidad para poder auxiliar debidamente a tales Embaja­dores.

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