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JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

Debido proceso

La tutela judicial efectiva y el debido proceso son garantías consagradas en el artículo 69 de la Constitución.

Sobre esa garantía se ha pronunciado el Tribunal Constitucional dominicano en reiteradas ocasiones.

En estos días se ha reclamado el cumplimiento del debido proceso, a propósito de las investigaciones y sometimientos judiciales que realiza el ministerio público.

En un fallo del 2014, el constitucional puntualizó que “el debido proceso implica el otorgamiento de la oportunidad que tiene que darse a todo ciudadano para que pueda ejercer su derecho a defenderse de una determinada acusación sin importar el ámbito donde ocurra”. (TC-0133/14).

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