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“Radiografía Y Metamorfosis De Una Pretendida Y Necesaria Reforma Policial”

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Daira Cira Medina TejedaSanto Domingo

El pueblo dominicano está compuesto por mujeres y hombres fuertes, que saben levantarse victoriosamente ante situaciones y circunstancias difíciles, para hacer de cada prueba una mejor oportunidad para avanzar en el camino de forma satisfactoria. Este país, además de ser un paraíso terrenal, por los múltiples atributos que la naturaleza le ha concedido, constituye un pueblo de personas trabajadoras, innovadoras, que hacen de cada obstáculo un peldaño para avanzar hacia la meta. El dominicano se reinventa, procura observar cuáles ramas del tronco están débiles y por ello necesitan ser fortalecidas. Esta eventualidad se está sucediendo con nuestra diligente, eficiente y, a veces, precaria, Policía Nacional. Nos hemos dado cuenta que en ella se están sucediendo eventos que no se corresponden con el tipo de sociedad que anhelamos y deseamos construir cada día. Por ello, algunos de los eventos que a lo interior de ella se han suscitado, han sido objeto de críticas, denuncias y reproches de sectores de la sociedad. Todo ello ha motivado a que se piense en una reforma policial. Dentro de los aspectos que han generado mayores críticas a nuestra Policía Nacional está el uso excesivo, desproporcionado de la fuerza por parte de este organismo de seguridad del Estado; que ha conmocionado la ciudadanía. Si bien, los referidos actos son hechos aislados, han tocado profundamente la sensibilidad de la población por las víctimas de los mismos, quienes han visto lesionada su integridad física, dignidad humana y, en ocasiones, hasta la vida misma.

La Policía Nacional es un órgano con rango constitucional, a la cual el Constituyente le dedicó los artículos 255, 256 y 257 de la Constitución de la República Dominicana, detallando nuestra Norma Sustantiva que “la Policía Nacional es un cuerpo armado, técnico, profesional, de naturaleza policial, bajo la autoridad del Presidente de la República, obediente al poder civil, apartidista y sin facultad, en ningún caso de deliberar”, que tiene por misión: “1) Salvaguardar la seguridad ciudadana; 2) Prevenir y controlar los delitos; 3) Perseguir e investigar las infracciones penales, bajo la dirección legal de la autoridad competente;” (ministerio público) y “4) Mantener el orden público para proteger el libre ejercicio de los derechos de las personas y la convivencia pacífica de conformidad con la Constitución y las leyes.”, de conformidad con el artículo 255 de la Constitución de la República.

De su lado, el artículo 5 de la Ley Institucional de la Policía Nacional, número 590-16, de fecha 15 del mes de julio del año 2016, recoge la misma misión institucional que el artículo 255 de la Constitución de la República, ampliando el catálogo de objetivos, en los siguientes términos: “La Policía Nacional tiene por misión lo siguiente: 1) Proteger la vida, la integridad física y la seguridad de las personas; 2) Garantizar el libre ejercicio a los derechos y libertades; 3) Prevenir acciones delictivas, perseguirlas e investigarlas bajo la dirección del Ministerio Público; 4) Preservar el orden público; 5) Velar por el respeto a la propiedad pública y privada; 6) Prestar el auxilio necesario al Poder Judicial, al Ministerio Público, y a otras autoridades para el cumplimiento de la ley y el desempeño de sus funciones; 7) Promover la convivencia ciudadana; 8) Colaborar con la comunidad en la identificación y solución de los problemas de seguridad ciudadana, a fin de contribuir a la consecución de la paz social.”

Está claro que las funciones de la Policía Nacional son, en síntesis, el mantenimiento del orden público, la protección del ejercicio de los derechos de las personas, la prevención, control e investigación de los delitos, bajo la dirección del Ministerio Público, conforme a nuestra Constitución. Por lo cual, si, en sus actuaciones, la Policía Nacional utiliza desproporcionadamente la fuerza quebranta las normas constitucionales que la rigen, máxime si ese uso desproporcional de la fuerza atenta contra el libre ejercicio de los derechos de las personas, incluidos entre estos los derechos a la vida, a la dignidad humana y a la integridad personal de todo ser humano, consagrados en los articulados 37, 38 y 42 de nuestra Constitución.

Que consciente el legislador dominicano de que nuestra Policía Nacional debía ser adecuada en su estructura, mentalidad y funcionamiento a los preceptos constitucionales de la Constitución Dominicana del año 2,010 (reformada, pero no en esos aspectos, por la Constitución del año 2,015), dejó claro en el considerando quinto de la Ley Institucional de la Policía Nacional, número 590-16, de fecha 15 del mes de julio del año 2016, “que la reforma de la Policía Nacional debe realizarse de forma gradual y progresiva, como condición esencial para que las metas de su reorganización puedan ser satisfactoriamente alcanzadas.” Es decir, que somos conscientes, como pueblo, de que nuestra Policía Nacional necesita una reforma para adecuarla al Estado Social y Democrático de Derecho que hemos asumido en la Constitución del año 2010, en la cual el respeto de los derechos de las personas tiene preminencia. De ahí que es acertada la creación de una comisión a esos fines, como recientemente lo dispuso el excelentísimo señor presidente de la República, Lic. Luis Rodolfo Abinader Corona, al crear la Comisión de Reforma Policial, mediante decreto número 211-21, de fecha seis (06) del mes de abril del año 2,021.

La antes dicha Comisión está integrada por un total de 21 mujeres y hombres que rendirán una labor honorífica a la ciudadanía. La misma está presidida por el señor Servio Tulio Castaños Guzmán e integrada Monseñor Francisco Ozoria, Rosalía Sosa, Ricardo Nieves, Radhamés García, Juan Ramírez, Bautista López García, Pedro Brache, Celso Marranzini, José Luis Mendoza, Osvaldo Santana, Fidel Lorenzo, Manuel María Mercedes, Carolina Santana, Elena Viyella, entre otras personalidades de la vida pública de la Nación. Por la calidad de algunos de los integrantes de esta comisión, quienes tenemos el placer de conocer personalmente, como es el caso de los maestros Rosalía Sosa, Ricardo Nieves, Bautista López García, entre otros, estamos confiados de que la comisión rendirá una digna labor a la patria, detectando las principales necesidades para la reforma, aportando las ideas para la consecución de los objetivos y mejores intereses de la Nación con la creación de esta comisión. No nos cabe la menor duda de que así será.

Además de procurar el adecuado entrenamiento de los agentes de la Policía Nacional, tendente a lograr un cambio de mentalidad que les permita conectar con el estado social y democrático de derecho que dispone nuestra Constitución, en base al cual el respeto de los derechos fundamentales es de carácter obligatorio para todas las instituciones públicas y privadas en nuestro país, pasando las personas a ser el centro, la razón de ser del Estado y el respeto de sus derechos, una función esencial del Estado y todas sus instituciones, URGE que la antes indicada comisión desarrolle las estrategias necesarias para lograr una relación de respeto mutuo entre los agentes policiales y la sociedad civil. Es preciso que los dominicanos tengamos presente que es un DEBER fundamental de toda persona “acatar y cumplir la Constitución y las leyes, respetar y obedecer las autoridades establecidas por ellas (…)”, de conformidad con el artículo 75 numeral 1 de la Constitución de la República Dominicana. De ahí que, si bien es reprochable el uso desproporcional de la fuerza por parte de los agentes de la Policía Nacional, igualmente es reprochable, inaceptable, fuera de todo orden democrático y social que los ciudadanos no respeten las autoridades. Son frecuentes los casos en que las personas irrespetan las ordenes de los policías, por simple desacato e inobservancia de sus deberes constitucionales. Esta situación no debe ser fomentada, si no recriminada y, en ese sentido, los ciudadanos debemos entender que tenemos derechos, pero que los derechos no son absolutos y que son consustanciales con nuestros deberes, pues la base de la sociedad descansa en la confluencia de derechos y deberes. Una categoría (derechos) no puede existir sin la otra (deberes).

Es preciso que la Comisión de Reforma Policial profundice en las causas que generan la desobediencia civil para con los agentes del orden policial. En ocasiones, se plantea la desconfianza en los agentes del orden. Una desconfianza a veces fundada, otras veces infundada. Constituye una desconfianza fundada el hecho de que un ciudadano sea detenido en las calles por el solo hecho de detenerlo, a ver si “se le saca algo”. Cuando la autoridad detiene a alguien debe ser a modo de prevención de delitos, cuando se tenga la sospecha de que algún ilícito se puede cometer o se ha cometido y se está en presencia de un posible autor o cómplice. La autoridad “no debe relajar” las facultades legales de detención temporal e investigación que le confieren la Constitución de la República y las leyes; pues eso genera rechazo, desconfianza y debilita la autoridad.

Creemos firmemente que la Policía Nacional de la República Dominicana está integrada por mujeres y hombres capacitados, trabajadores y comprometidos con los mejores intereses de la Patria, aunque aparezcan excepciones, como es posible sea en los conglomerados sociales. Ese nivel de capacitación, laboriosidad y compromiso de la mayoría de los agentes policiales llama a una profunda reflexión respecto del rol de los policías, quienes, en la generalidad de los casos, arriesgan hasta sus propias vidas para realizar sus labores, pues son ellos quienes se encuentran en la línea del frente, luchando para preservar vidas, verbigracia, el reciente estado de emergencia lo comprueba. Mientras a la mayoría de la población se nos instó a quedarnos en nuestros hogares, los policías siguieron rindiendo sus labores con igual o mayor intensidad, pues muchos de ellos debieron aislarse por largo tiempo de sus familiares para preservarles la salud, mientras ellos estaban expuestos permanentemente en las calles, resguardando la Nación ante la pandemia del COVID-19. Esos ejemplos son palpables y no podemos ser mezquinos desconociendo esa realidad. Igual, ¿Cuántos policías no han caído en el cumplimiento del deber, cegados por el arma de alguno que ha delinquido y por ello la sociedad le denomina delincuente? Ese nivel de exposición y de riesgo debe ser valorado en su justa medida y ello debe llamar a reflexión respecto de: a) ¿Es justa y proporcional al riesgo la retribución que reciben los policías que se encuentran en la zona de riesgo, patrullando y resguardando las calles, sobre todo en horas nocturnas?; b) ¿es proporcional la remuneración que reciben los oficiales de la Policía Nacional, en base a su nivel de capacitación y preparación?; c) ¿Es proporcional la remuneración que reciben los altos mandos militares que en la generalidad de los casos deciden a quien presentar ante el ministerio público como posible autor o cómplice de infracciones en casos de criminalidad organizada o delitos transnacionales?; d) ¿Es proporcional la retribución de los altos mandos militares en un país en el que se les exige representación y a la vez, con sobrada razón, incorruptibilidad?; ¿Es proporcional la retribución de nuestros agentes cuando esta sociedad no resiste el “macuteo” porque generalmente es la franja más débil que resulta perjudicada?

Creemos que la reforma a nuestra Policía Nacional requiere un gran compromiso social por parte de todos, pues de las anteriores cuestionantes, temo que la respuesta mayoritaria pueda ser “no”. Si queremos una Policía Nacional preparada, pulcra e incorruptible debemos pensar en la depuración de sus integrantes, pero también en una remuneración justa, adecuada y proporcional para que no caigamos en la “doble moral” de exigirle a los agentes del orden lo que nosotros como sociedad probablemente les estemos negando y ellos se vean seducidos a buscar por otro lugar. Soy incapaz de justificar lo incorrecto o ilegal, repito, incapaz. Creo que cada ser humano debe vivir o sobrevivir con lo que lícita y moralmente puede obtener, en base al trabajo, el esfuerzo y la dedicación, pero también creo que la mejor manera de gestionar los cambios reales, es detectando las deficiencias reales.

Muy acertadamente refirió el legislador dominicano, en la parte considerativa de la ley 590-16, Institucional de la Policía Nacional, que habrá de fomentarse el desarrollo personal y profesional de la Policía Nacional. No importa que haya leyes exquisitas si los actores involucrados son seres humanos sin calidad personal y a la vez profesional para que la ética y el avance en las instituciones sean bienes visibles y palpables en nuestra sociedad. No basta tener excelente formación, si no se tienen las condiciones humanas necesarias de cara a la ética, porque, como señalara una vez el filósofo argentino Luis Rodolfo Vigo: “se puede ser inteligente y perverso a la vez”. Solo la mezcla de la calidad humana y profesional da como resultado el producto que se necesita para el avance real de las instituciones.

Así pues que, enhorabuena, la iniciativa de reforma policial, pero es preciso que todos, absolutamente todos estemos dispuestos a pagar el precio: depurar las filas policiales, darle condiciones salariales, infraestructura y todos los requerimientos necesarios para realizar sus labores de manera digna, para que al final ganemos todos, contando los dominicanos con una Policía Nacional respetuosa de los derechos humanos de todas las personas que habitan el territorio dominicano, en un clima de estabilidad, respeto y garantía de seguridad social, integridad física, moral y dignidad para cada miembro de nuestra Policía Nacional. Buena suerte señoras y señores comisionados. La suerte está echada, Ustedes deciden si “más de lo mismo” o “verdadera profilaxis social” con sus propuestas y el Poder Ejecutivo, de manera comprometida y responsable, en coordinación con el Ministro de Interior y Policía rescatan la moral, dignidad y valor de nuestra Policía Nacional. El pandero está en sus manos y del accionar de Ustedes se dirá si el pandero estuvo o no en buenas manos.

La autora es jueza de carrera, con más de 22 años de servicio en el Poder Judicial de la República Dominicana, cuenta con experiencia docente en diversas instituciones, incluso a nivel de posgrado, tiene título de maestría y estudios doctorales, es poliglota, autora de varias obras en derecho procesal penal y derecho constitucional, cristiana de convicción, investigadora de hobby.

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