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JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

Derecho a la salud

Algunos trabajadores se han que­jado públicamente o han inter­puesto demandas, por haber si­do cancelados cuando están en licencia médica.

Al decidir una acción de amparo de un exraso de la PN desvinculado estando de licen­cia médica, el constitucional determinó que constituye una práctica arbitraria, que viola los derechos fundamentales a la salud y al trabajo.

En tal virtud, ordenó el reintegro del accio­nante al rango que ostentaba y el pago de to­dos los salarios dejados de percibir desde el momento de la destitución hasta la fecha de su reintegración. Este criterio debe ser aplica­do por todas las entidades, publicas y privadas, en virtud del efecto vinculante del precendente constitucional. (TC-0011-2021).

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