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JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

Indultosla

Han transcurrido 5 años de la publicación de la sentencia del Tribunal Constitucional que exhortó al Congreso Nacional aprobar una ley que regule la concesión de los indultos, una facultad que la Carta Magna le otorga al presidente de la República de manera discrecional, pero de “conformidad con la ley y los convenios internacionales”.

El constitucional señaló en ese fallo que el ejercicio de la potestad de indulto atribuida por la Constitución al presidente de la República no debe ser anulada por la inercia del legislador, al que le corresponde regular las condiciones y los aspectos procedimentales para su adecuado ejercicio. El presidente Danilo Medina no otorgó indulto en sus dos períodos de gobierno. Por el momento, el actual mandatario, Luis Abinader, solo ha dispuesto ese perdón para militares que están detenidos por faltas disciplinarias. (TC-189-15).

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