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JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

Asistencia legal

La autorización de un fiscal que se exigió en una ocasión a un grupo de defensores públicos para poder entrar a una cárcel preventiva, fue motivo de una acción de amparo, la cual fue acogida y la decisión fue recurrida al Tribunal Constitucional por la parte accionada. El TC estableció que se incurre en una infracción constitucional cuando se requiere una autorización a defensores públicos o abogados para entrar a un recinto carcelario, y una violación al derecho de todo detenido a recibir asistencia legal inmediata. Expuso que ante la ausencia de un protocolo en los recintos de detención que funcionan en los palacios de justicia y destacamentos policiales, se les debe permitir el acceso con la simple acreditación de sus calidades, el registro de sus entradas y salidas, y cualquier otra medida de seguridad que se estime pertinente. (TC-018-2012).

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