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JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

Recurso nulo

La sala civil de la Suprema Corte declaró nulo un recurso de casación interpuesto por un condominio debido a que no estaba representado por su administrador, es decir, por una persona fìsica, y en virtud de la ley 834, que sanciona la falta de poder para actuar en justicia con la nulidad del acto, por constituir una irregularidad de fondo. Luego, el Tribunal Constitucional ratificó el fallo, al rechazar un recurso de revisión de decisión jurisdiccional. El TC estableció el siguiente criterio: “Al verificar el memorial del recurso de casación se puede advertir que fue presentado sin hacer mención de la persona física debidamente apoderada, de manera que la Primera Sala de la Suprema realizó una interpretación razonable de las reglas relativas a la capacidad y poder para actuar en justicia, al aplicar la norma, según su propia jurisprudencia”. (TC-264/20).

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