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VIVENCIAS

Redes sociales y propuesta de nueva penitencia

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Juan F. Puello HerreraSanto Domingo

El Catecismo de la Iglesia Católi­ca contiene en la Segunda Parte los Siete Sacramentos de la Igle­sia, encontrándose en esta los Sa­cramentos de Curación referidos a la penitencia y la reconciliación. El canon 1460 del Catecismo sobre la penitencia señala que el confesor debe imponerla teniendo en cuenta la situación personal del penitente y buscando su bien espiritual; debiendo corresponder todo lo posible a la gravedad y a la naturaleza de los pecados cometidos, y que puede consistir en la oración, en ofrendas, en obras de misericordia, servicios al prójimo, privaciones voluntarias, sa­crificios y sobre todo la aceptación paciente de la cruz que debemos llevar.

Es de observar antes, que la reconciliación es más amplia y expresa ante todo la iniciativa de Dios, que invita a la respuesta del hombre, re­conciliación con él que requiere del hombre la conversión. La penitencia en cambio es de al­cance más restringido e indica ante todo la res­puesta del hombre, que, si bien se refiere al sa­cramento de la Iglesia instituido por Jesucristo para que a los fieles se le perdonen los pecados, se ve como virtud que consiste en el sentimien­to de dolor por los pecados cometidos y que conlleva un cambio de vida.

De modo, que la propuesta gira en torno a un catálogo de pecados seguido de una penitencia que previa pregunta al penitente sobre su “adic­ción” al Facebook, Youtube, Instagram, Twit­ter, Whatsapp, Linkedin, Yahoo y TikTok entre otros, corresponderá una privación total y hasta definitiva de estas redes sociales de acuerdo a la gravedad del hecho pecaminoso.

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