COLABORACIÓN
Las instituciones nacionales de Derechos Humanos y la ONU
E\l tema de los Derechos Humanos (generalmente llamados así en los Tratados Internacionales), o derechos fundamentales (cuando son reconocidos en las Constituciones de los Estados), que junto al desarrollo y al mantenimiento de la paz y seguridad internacionales, constituyen los tres pilares fundamentales de las Naciones Unidas, ha tenido, después de la “Declaración Universal de Derechos Humanos”, un enfoque y tratamiento especial en dicha Organización. La misma Carta fundacional de la ONU, menciona siete veces el término “derechos humanos”, lo que no deja duda que desde su inicio su promoción y protección son objetivos fundamentales y principios rectores de la Organización.
Si bien el término “Naciones Unidas”, fue acuñado por el Presidente de los Estados Unidos, Franklin Delano Roosevelt y utilizado por primera vez el 1 de enero de 1942, en plena guerra mundial, no fue sino en el año 1945 que ésta tuvo su nacimiento, cuando representantes de 50 países, entre los que se encontraba representada República Dominicana, se reunieron en San Francisco en la “Conferencia de las Naciones Unidas sobre Organización Internacional”, empezando a existir oficialmente el 24 de octubre de 1945, después que la Carta fue ratificada por China, Francia, la Unión Soviética, el Reino Unido, los Estados Unidos y la mayoría de los demás signatarios. En la actualidad, 193 Estados son miembros de la Organización, los cuales están representados en la Asamblea General. El Día de la Naciones Unidas se celebra todos los años en esa fecha, arribando en este mes de octubre a su 75 aniversario.
Tres años después del nacimiento oficial de las Naciones Unidas, en el año 1948 tiene lugar la “Declaración Universal de los Derechos Humanos”, documento que marca un hito en la historia de los derechos fundamentales, la cual fue adoptada y proclamada por la Asamblea General en París, el 10 de diciembre, mediante la resolución 127 A (III), “como un ideal común para todos los pueblos y naciones”. Aunque la Declaración, tal como su nombre lo indica, no es vinculante para los Estados miembros de la Organización, ésta, conjuntamente con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos con sus Protocolos Facultativos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que sí son vinculantes, forman la muy reconocida, “Carta Internacional de Derechos Humanos”.
Si bien es cierto que después de la entrada en vigor de la “Carta de las Naciones Unidas”, y muy especialmente, después de la “Declaración Universal de Derechos Humanos”, la Asamblea General ha adoptado numerosas resoluciones en materia de derechos humanos, éstas no son vinculantes para los Estados miembros de la Organización, ya que a la luz del Derecho Internacional no constituyen verdaderos Tratados Internacionales; más bien, constituyen principios, valores y directrices que los Estados están en el deber de acoger, pues coadyuvan a los fines de éstos: al pleno desarrollo de sus habitantes con énfasis en la Dignidad Humana inherente a cada ser humano por el solo hecho de ser persona y la cual constituye el fundamento de todos los demás derechos.
¿Cómo promueve y protege la ONU los derechos humanos? Con la Declaración Universal de Derechos Humanos nace la “Comisión de Derechos Humanos”, podría decirse, con justa razón, que es la Comisión la que hace realidad la Declaración. La Comisión de Derechos Humanos viene siendo la entidad ejecutora de los postulados contenidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, teniendo a su cargo los principales temas, incluyendo la cuestión de la violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales en cualquier parte del mundo.
El 15 de marzo de 2006 la Comisión fue sustituida por el Consejo de Derechos Humanos, creado por la Asamblea General y compuesto por 47 Estados Miembros de la Organización de las Naciones Unidas.