JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL
Multas
La ley 63-17 prohíbe la renovación de la licencia de conducir y otros trámites hasta que se cumpla con el pago de las multas de tránsito. Esa disposición legal motivó una acción de amparo, ante la negativa de renovarle a un conductor la licencia de conducir por varias multas pendientes impuesta por un agente de tránsito. Al decidir un recurso de revisión, el Tribunal Constitucional fijó un criterio sobre esa disposición.
Estableció que el agente de tránsito no está facultado a sancionar con multas, sino a levantar la infracción. Y que para negar esos procesos, se debe contar con una sentencia del Juzgado de Paz de Tránsito, para cumplir con las garantías constitucionales del debido proceso administrativo y judicial. (TC-193-20).