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JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

Voto directo

En el fallo que eliminó el sistema de arrastre de los diputados a los senadores, contenido en la ley 157-13, se aporta un criterio importante sobre el voto directo, que incidirá en las elecciones extraordinarias del 5 de julio en el nivel de senadores y diputados.

En resumen, el constitucional establece que el sistema de arrastre viola el derecho al voto directo. Considera que de la forma conjunta en que está preconcebida la elección de los legisladores, impide que la Junta Central Electoral pueda confeccionar la boleta de los candidatos del Senado y la Cámara de Diputados, y privaría a los ciudadanos del derecho a escoger separadamente los candidatos legislativos de su preferencia, limitando irrazonablemente la configuración del derecho a elegir de manera directa. Luego de la eliminación de este método, la Junta aprobó boletas separadas para elegir a los diputados y senadores, con lo cual se abre la posibilidad de que un solo partido no tenga el control en ambas cámaras legislativas, contribuyendo a una mayor participación y pluralidad. (TC-0375/19).

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