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JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

Falta de pago

La ley 136-03, que instituye el Código para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, prohíbe a los colegios discriminar o sancionar a los menores por falta de pago y dispone que si por alguna necesidad tiene que suspenderse la prestación de servicios educativos por ese motivo, solo podrá hacerlo al final del período escolar, garantizando que no sea interrumpida la educación.

Esas disposiciones fueron impugnadas ante el Tribunal Constitucional mediante una acción de inconstitucionalidad, pero fue rechazada.

El TC estableció que esas disposiciones “procuran garantizar el derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes, por cuanto prohíben que la falta de pago de la colegiatura sea casual de discriminación o sanción”.

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