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JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL

Otra vía eficaz

El señor Gilberto López interpuesto una acción de amparo en reclamo de que el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana lo reintegre como ministro consejero de la embajada en Costa Rica. Alegó que fue suspendido sin disfrute de sueldo de forma injustificada, en violación a los derechos al trabajo, a la información, a la seguridad social y protección de las personas de la tercera edad y a la tutela judicial efectiva y el debido proceso de ley.

La acción fue declarada inadmisible por el Tribunal Superior Administrativo, al considerar que no era la vía eficaz para hacer ese reclamo, por lo que el accionante recurrió ante el Tribunal Constitucional. El TC confirmó el fallo, y estableció que el juez de amparo actuó correctamente al declarar inadmisible la acción, “en razón de que en el presente caso existe otra vía eficaz para resolver la cuestión planteada, como lo es el recurso contencioso administrativo; es decir, un recurso instituido para ser ejercido en contra de las decisiones administrativas. Esto así, porque para resolver adecuadamente el conflicto que nos ocupa, el procedimiento sumario del amparo no es eficaz”. (TC-0086-20)

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