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POLÍTICA Y CULTURA

“¿Hasta cuándo, Catilina, abusarás de nuestra paciencia?”

El PRM representado por el Dr. Orlando Jorge Mera, y la Comisión de Juristas del Partido, integrada por Antoliano Peralta, Luis Soto, Andrés Astacio y Julio Peña, junto a nosotros, depositó en la mañana de ayer una instancia de revisión ante el honorable Pleno de la Junta Central Electoral, en la que denuncia la “notoria participación de funcionarios públicos en actividades proselitistas o de promoción electoral del candidato oficialista y el evidente uso de recursos del Estado en favor del candidato oficialista”. La referida instancia estuvo sustentada en el artículo 80.13 de la ley 141-08 de Función Pública, que prohíbe a los servidores públicos servir intereses de partidos en el ejercicio de sus funciones, y en consecuencia, organizar o dirigir demostraciones, pronunciar discursos partidistas, distribuir propaganda de carácter político, o solicitar fondos para los mismos fines, así? como utilizar con este objetivo los bienes y fondos de la institución. También en el artículo 196 de la Ley 15-19 Orgánica del Régimen Electoral, que prohíbe utilizar las instituciones u órganos del Estado para desde ellos promover candidatos o partidos a cargos de elección popular, norma que además establece que los funcionarios públicos que administran recursos del Estado no podrán prevalerse de su cargo, para desde él realizar campañas o proselitismo en favor de un partido o candidato. En virtud de lo señalado precedentemente, el PRM solicitó a la Junta Central Electoral: “emitir una resolución que requiera al presidente de la República y demás funcionarios públicos el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales previamente enunciadas, y que en consecuencia, se abstengan de participar en activismo político y del uso indebido de los recursos del Estado en estas actividades”. Posteriormente la Junta Central Electoral emitió la Resolución número 33-2019, en la que dispone que los funcionarios que tengan bajo su responsabilidad el manejo de recursos económicos o bienes del Estado o de instituciones descentralizadas del mismo, no podrán participar en actividades proselitistas durante las horas de servicio público oficial, es decir durante la jornada laboral. A pesar de la referida resolución, se suele ver a funcionarios públicos en actividades proselitistas en cualquier hora; en programas de televisión en horas laborables promoviendo al candidato oficial; funcionarios que administran fondos públicos que son voceros permanentes, en promoción política; a ministros coordinadores de campaña que ocupan el tiempo laborable en promoción del candidato oficial. Tales son los casos de Rubén Jiménez Bichara, vicepresidente de CDEEE; del ministro de Educación Peña Mirabal y de Francisco Javier García, ministro de Turismo, entre otros muchos funcionarios del gobierno. Por otra parte, también es usual ver el abuso de recursos del Estado por parte de los funcionarios del Partido de la Liberación Dominicana, como denunció la periodista Alicia Ortega, en su programa El informe del pasado 18 de noviembre, en el que reveló la contratación irregular por parte del ex ministro de Obras Públicas, hoy candidato oficial señor Gonzalo Castillo, de RD$11, 500, 000,0000.00 para pavimentación y asfaltado previo a las primarias del PLD. Así como un incremento en los gastos de publicidad y personal temporal, en el Ministerio de Obras Publicas, previo al proceso de primarias en el que participó el actual candidato del PLD, en aquel momento ministro de dicha entidad públicaÖEs evidente la ineficacia de la Resolución número 33-2019, porque en la práctica es difícil delimitar o deslindar las competencias del funcionario y las del político, razón por la cual, amparado en las previsiones del artículo 145 de la Ley 15-19, el PRM solicita mediante la presente instancia, la revisión de la resolución mencionada y en consecuencia ampliarla para que incluya las siguientes restricciones a los funcionarios públicos: Participar en programas de televisión durante las horas de servicio público; recibir donaciones, directa o indirectamente, de empresas contratistas u oferentes del Estado.

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