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EN SALUD, ARTE Y SOCIEDAD

Al fin, un poco de justicia se cuela hacia la seguridad social

El pasado jueves 24 de octubre, amparado en el informe de un simulador de eficiencia financiera de la Cuenta Cuidado de la Salud de las personas (CCS), el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) indexó el costo per cápita del Plan de Servicios de Salud (PDSS) al comprobar que hacerlo no afectaba la rentabilidad del Sistema Dominicano de la Seguridad Social (SDSS).

Lo hizo mediante la resolución Núm. 482-07, cuyo considerando primero justifica: realizada “en función del ajuste por inflación obtenido entre el IPC General y el IPC Salud. Es decir, los índices de Precios al Consumidor (IPC) en general y el vigente en el mercado de salud, registrados entre septiembre 2018 y agosto 2019.

La normativa aumenta $90.64 pesos al per cápita del PDSS. Con estos, financiará 12 medicamentos ambulatorios agregados al Cuadro Básico de Medicamentos que hace un año fueron incluidos por el Ministerio de Salud. Esto es: once medicamentos ambulatorios; dos de alto costo y 36 procedimientos.

La resolución favorece a los prestadores de servicios de salud, especialmente clínicas, agregando $300 pesos a la cobertura para habitaciones en el Plan Básico de Salud (PBS), con cargo a las Aseguradoras de Riesgos de Salud (ARS).

Importa que con esta resolución el CNSS enfoca, por fin, la demandada misión esencial del SDSS: garantizar la salud de las personas. Mueren una vez y reciben una pensión; se accidentan quizás nunca, y no hay que compensar a alguien; pero se vive a diario y cada día se impone estar sanos y productivos.

Dar salida, como se hace, a las demandas de los prestadores (autoridades, clínicas, farmacias y laboratorios) empieza a alinear el sistema con los objetivos nacionales de salud trazados por Salud Pública y a favorecer el derrame.

La inclusión de 36 procedimientos previamente ausentes en el Plan Básico de Salud (PBS) del Seguro Familiar de Salud (SFS) constituía, desde el 2007, una flagrante negación de salud contra los afiliados que se extendió por doce años. Se debe celebrar la inclusión del Calcitriol y el Paracicalcitol entre los principios activos admitidos en los “Medicamentos de alto costo”. Son vitaminas D3 y D, respectivamente. El primero: estimula la absorción de calcio del estómago y corporal, en tratamientos de la deficiencia de calcio (hipocalcemia) y enfermedad metabólica del hueso en personas en diálisis; el segundo: “Análogo sintético de vitamina D”, “Reduce los niveles de hormona paratiroidea por activación selectiva de receptores para vitamina D y receptores sensibles a Ca de la glándula paratiroides”, según el Vademécum. Sus precios locales aproximados son $1,500 y $6,900 pesos, respectivamente.

La resolución también agrega $63.55 como “ajuste por inflación” en el período señalado. Haciéndolo, el CNSS declara que, como promedio anual y en el SDSS, los sueldos y salarios perdieron capacidad de compra en 7.61% en los últimos dos años. Desde el 1ro de noviembre por venir, la per cápita será RD$1,167 pesos. En el régimen subsidiado entrará en vigencia a partir del 30 de abril del 2020.

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